REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, 27 de Enero de 2009
198° y 149°
En el día de hoy, veintisiete (27) de Enero del año Dos Mil Nueve (2009), día y fecha fijado para llevar a efecto este acto, y siendo las diez de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprún, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento de la ciudadana Ejecutante: YANILCE DEL CARMEN RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 13.420.280, asistida en este acto por el abogado CIRO ANGEL PARRA, Defensor Segundo para el Área de Protección del Niño y del Adolescente, Extensión Santa Bárbara de Zulia, en la Agropecuaria El Congreso, Kilómetro 10 vía El Vigía, Parroquia Santa Bárbara de Zulia, Municipio Autónomo Colón del Estado Zulia, a los fines de practicar MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO de cualquier cantidad de dinero, salario o remuneración de que disfrute el Ejecutado ciudadano YOVANIS NOLBERTO PUERTA ORTEGA, titular de la Cédula de Identidad N°. 10.684.391, hasta cubrir la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,oo) mensuales, fraccionados en cuatro cuotas semanales de Cincuenta Bolívares cada una por pensión de manutención . Adicionalmente se embarga la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA BOLIVARES por concepto de pensiones atrasadas desde el mes de Septiembre, los cuales le serán descontados, a razón de CIEN BOLIVARES mensuales hasta cubrir la referida cantidad (Bs. 550,oo); es decir, que se les van a descontar mensual de su salario la cantidad de DOSCIENTOS más CIEN para un total de TRESCIENTOS mensual, y una vez cancelada la cantidad atrasada de (Bs.550,oo) quedará un descuento mensual de los DOSCIENTOS BOLIVARES mensuales embargados de su salario actual; así mismo se embarga el (25%) por ciento de las prestaciones Sociales que perciba el demandado de autos en caso de despido, retiro, muerte o cualquier causa, determinación de su relación laboral, todo ello en interés superior de los menores de autos, según lo ordenado por el Juzgado de los Municipio Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en el Expediente signado con el N°. 07-2.491 para lo cual fue suficientemente comisionado este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas. Esta Jurisdicción ubicada en la Oficina del Encargado de La Agropecuaria El Congreso procede a Notificar de la misma al ciudadano SEGUNDO MANUEL VANEGAS SUAREZ, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Ciudadanía N°. 79.438.283, quien se encuentra presente para la práctica de la misma. Esta Jurisdicción Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE los conceptos Ut-Supra identificados, según lo ordenado por el Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Dichas cantidades de dinero deberán ser remitidas EN CHEQUE DE GERENCIA a nombre del Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la población de Santa Bárbara de Zulia, ubicada en la Sede de Los Tribunales (Antiguo Ateco), avenida 8 con calle 12 al lado del Comando de la Guardia Nacional. Siendo las once de la mañana se dio por terminado el acto, en Santa Paz. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
La Ejecutante y su abogado asistente,
El Notificado,
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, 27 de Enero de 2009
198° y 149°
Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado comitente mediante Oficio. Cúmplase.-
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
El secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
En la misma fecha conforme a lo ordenado se devuelve, constante de Siete (07) folios útiles, mediante Oficio número 6150-011.
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
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