REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, Catorce de Enero de 2009
198° y 149°
En el día de hoy, catorce (14) de Enero del año Dos Mil Nueve (2009), día y fecha fijado para llevar a efecto este acto, y siendo las 10.15 de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de Los Municipios Jesús María Semprún, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a señalamiento de la ciudadana Ejecutante; KATIS CAROLINA GUTIERREZ DELAGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 13.563.179, asistida en este acto por la Abogada MARIA MILAGROS SUAREZ, Defensora Pública Primera para el Sistema de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, adscrita a la Unidad de Defensa Pública, Extensión Santa Bárbara de Zulia, en la Estación de Servicios del Kilómetro 5 ½, ubicada en la vía que conduce de Santa Bárbara hacia El Vigía, Parroquia Santa Bárbara de Zulia, Municipio Autónomo Colón del Estado Zulia, a los fines de practicar MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO de cualquier cantidad de dinero, salario o remuneración de que disfrute el demandado de autos ciudadano LUIS ENRIQUE QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 12.136.992, hasta cubrir la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo) mensuales fraccionados en dos cuotas quincenales de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs 150,oo) cada una por concepto de manutención, más la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 450,oo), por concepto de Pensiones de manutención atrasada y DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,oo), que adeuda por concepto de época escolar lo cual hace un monto adeudado de SEISCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 650,oo) el cual como se evidencia en actas no ha cumplido con lo convenido por las partes, los cuales serán descontados de su salario mensual en 6 cuotas de CIEN BOLIVARES (Bs. 100,oo) cada una y una de CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 50,oo) asimismo se decreta embargo del (50%) de las prestaciones sociales que perciba el demandado en caso de despido, retiro, muerte o cualquier causa que de por terminada su relación laboral, todo ello en interés superior de los menores de autos, según lo ordenado en el expediente signado con el N°. 08-2.705 por el Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la población de Santa Bárbara de Zulia, para lo cual fue suficientemente comisionado este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas. Esta Jurisdicción procede a Notificar de la presente Medida a la ciudadana Licenciada MIRLA INCIARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 12.135.833, quien manifestó al Tribunal desempeñarse acá como Administradora de esta Empresa. Esta Jurisdicción Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara: EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE los conceptos Ut-Supra identificados, según lo ordenado por el Tribunal de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Dichas cantidades de dinero deberán ser remitidas al Tribunal de la causa Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ubicado en el Edificio Sede del Poder Judicial en la Avenida 8, calle 8, al lado del Comando de la Guardia Nacional en la Parroquia Santa Bárbara de Zulia, Municipio Autónomo Colón del Estado Zulia. Enmendado: Especial. Vale. Siendo las diez y treinta minutos de la mañana, se dio por terminado el acto. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
La Ejecutante y su abogada asistente,
La Notificada,
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, 14 de Enero de 2009
198° y 149°
Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado comitente mediante Oficio.
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
El secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
En la misma fecha conforme a lo ordenado se devuelve, constante de siete (07) folios útiles, mediante Oficio número 6150-003.
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
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