REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 4189-08
En el día de hoy jueves ocho (08) de enero de dos mil nueve (2009), siendo las nueve y veinte minutos de la mañana (9:20 AM), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble conformado por apartamento signado con el No. 65-121, situado en el primer piso del Edificio Tovar, ubicado en la avenida 25, Sector Paraíso, sitio señalado por la parte actora ciudadana SANDRA PATRICIA BUSTOS PINTO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad No. 15.053.931, debidamente asistida en este acto por el abogado LEANDRO LUIS PIRELA PERICH, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad No. 5.797.889, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 31.206, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACION sigue la ciudadana SANDRA PATRICIA BUSTOS PINTO, antes identificada, en contra de los ciudadanos FRANCISCO LUIS VALDERRAMA PUCHE y DELIA MARIA GARCES NEGRETE, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedula de identidad Nos. 13.623.805 y 22.174.323, de este Domicilio. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a los ciudadanos FRANCISCO LUIS VALDERRAMA PUCHE y DELIA MARIA GARCES NEGRETE, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedula de identidad Nos. 13.623.805 y 22.174.323, quienes son parte demandada en el presente juicio, a quienes se les hace saber que tienen el derecho de comunicarse con un abogado de su confianza para que los asista en este acto. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Perito Avaluador al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.510.222, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Acto seguido el Tribunal procede a designar como DEPOSITARIO JUDICIAL a la DEPOSITARIA JUDICIAL SANTA MARIA C.A. (DEPOSACA), representada en este acto por el ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, antes identificado, quien estando presente expuso: “En nombre de mi representada acepto el cargo recaído en la misma”; procediendo el Tribunal a tomarle el juramento de Ley de la manera siguiente: En nombre de su representada jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en la misma; y contestó: “Lo Juro”. En este estado presente la parte actora ciudadana SANDRA PATRICIA BUSTOS PINTO, antes identificada, debidamente asistida en este acto por el abogado LEANDRO LUIS PIRELA PERICH, ya identificado, expuso: “Señalo para ser Embargado Preventivamente el vehiculo Marca Chevrolet, Modelo Gran Vitara, Placas DCF-37J, el cual es propiedad de la parte co-demandada ciudadana DELIA MARIA GARCES NEGRETTE, y el cual se encuentra aquí en el estacionamiento del inmueble donde esta constituido este Tribunal, asimismo solicito sea requerida la documentación respectiva a los notificados, FRANCISCO LUIS VALDERRAMA PUCHE y DELIA MARIA GARCES NEGRETE”. Seguidamente el Tribunal requiere a los notificados FRANCISCO LUIS VALDERRAMA PUCHE y DELIA MARIA GARCES NEGRETE, antes identificados, la documentación del vehiculo señalado por la parte actora para ser embargado en este acto. Seguidamente los notificados FRANCISCO LUIS VALDERRAMA PUCHE y DELIA MARIA GARCES NEGRETE, ya identificados, presentan al Tribunal Original del Certificado de Origen del vehiculo señalado para ser Embargado Preventivamente en este acto, signado con el No. A M – 65533, donde se evidencia que el vehiculo se encuentra a nombre de la co-demandada DELIA MARIA GARCES NEGRETE; se ordena agregar a las actas que conforman la presente comisión constante de un (01) folio útil, el Certificado de Origen presentado en este acto. Seguidamente el Tribunal con el asesoramiento del Perito Avaluador designado en este acto ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO URRIBARRI, antes identificado, procede a identificar el vehiculo señalado para ser Embargado Preventivamente en este acto: Tratase de un vehiculo MARCA CHEVROLET, PLACAS DCF-37J, MARCA CHEVROLET, MODELO GRAND VITARA, AÑO 2007, COLOR PLATA, CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT WAGON, USO PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA No. 8ZNCL33C77V306755, SERIAL DE MOTOR No. 77V306755. Dicho vehiculo presenta latonería en buenas condiciones, posee desprendimiento de las platinas cromadas de la camisa en la parte frontal; posee el faro izquierdo ligeramente roto; posee pintura en buenas condiciones, posee cuatro (04) cauchos con rines de lujo en regulares condiciones, mas un (01) caucho de repuesto en regulares condiciones; posee retrovisores a ambos lados e interno; posee tablero en buenas condiciones; pose equipo de sonido y aire acondicionado en funcionamiento; posee guantera y tapicería en buenas condiciones, avaluado en la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (BsF. 45.000,00). Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Formalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, el vehiculo anteriormente identificado, todo hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS (BsF. 37.989,99), haciendo formal entrega del mismo a la DEPOSITARIA JUDICIAL SANTA MARIA C.A. (DEPOSACA), representada en este acto por el ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, antes identificado, quien declara recibirlo en este acto en las condiciones arriba señaladas. Este Tribunal Ejecutor de Medidas deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana (10:40 AM), del día de hoy.
LA JUEZ
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
LOS NOTIFICADOS – PARTE DEMANDADA
LA PARTE ACTORA Y SU ABOGADO ASISTENTE
EL PERITO Y REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA
EL SECRETARIO
ABOG. JOSÉ SOTO ASPRINO
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