REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, 30 DE ENERO DE DOS MIL NUEVE.
198º y 149º
ASUNTO: VP01-L-2008-001652.
En el día de hoy vista la presente diligencia de fecha trece (13) de Enero de 2009, constante de tres (3) folios útiles, contentiva la misma de acuerdo transaccional para resolver el Tribunal observa: revisada como ha sido la transacción realizada, por la ciudadana MARIA GELVES venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.042.024 inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el N° 111.560 en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil HOTEL MARUMA C.A, parte demandada en este expediente y la ciudadana ANA ZORAYDA GONZALEZ ARANGUREN venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-10.415.930 parte actora, asistida en este acto por el abogado en ejercicio JOSE CABALLERO inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 35.023; en el cual la ciudadana ANA ZORAYDA GONZALEZ ARANGUREN, intento demanda por cobro de prestaciones sociales, por la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHO BOLIVARES CON SETENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.47.908,75), contra la Sociedad Mercantil HOTEL MARUMA C.A, encontrándose la presente causa en fase de Mediación y en vista que la parte demandada ofrece cancelarle a la trabajadora la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES (Bs.12.000), cantidad la cual fue pagada en ese acto mediante cheque signado con el N° 63016440 girado contra la entidad bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, el cual es recibido, en ese acto por la trabajadora a su entera y cabal satisfacción, por lo cual este Tribunal visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, se le imparte el carácter de cosa juzgada y se ordena archivar el expediente .
La Juez
Dra. Ana Avila.
La Secretaria.
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