REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, 30 de enero de dos mil nueve (2009)
198º y 149º

HOMOLOGACION DE TRANSACCION.

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-002170
PARTE ACTORA: NATHALY CAROLINA ABREU, cédula de identidad; 15.938.762.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: UBALDO MORENO, Inpreabogado: 77.148.
PARTE DEMANDADA: HOTEL MARUMA C.A., Inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 13 de abril de 1970, anotada bajo el número 77, tomo 76-A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA ALEJANDRA GELVES, Inpreanbogado: 111.560.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


Revisada como ha sido la transacción presentada por las partes, ciudadana NATHALY CAROLINA ABREU, titular de la cédula de identidad; 15.938.762, y HOTEL MARUMA C.A., Inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 13 de abril de 1970, anotada bajo el número 77, tomo 76-A.; Todos amplia y suficientemente identificados en autos. Éste Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables de la ex - trabajadora, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, se declara terminado el proceso y se ordena el archivo definitivo del expediente. Se ordena entregar a las partes las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar; Así se decide. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

La Juez



Mgs. Judith del Carmen Castro. La Secretaria.

JC/jc
Abog. Marilu Devis