REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, dieciséis de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : VP01-L-2008-002612


Revisada como ha sido la transacción presentada, por los ciudadanos ENDER CASTELLANO, FREDDY PEROZO, HILDEMARO VALLADARES, IVAN SALAS y JACINTO CACERES, identificados en actas, asistidos por el abogado CARLOS RAMIREZ GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 81.657, por una parte y por la otra el abogado SIMON MENA inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.117.333, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil VIGILANCIA Y TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS C.A; (VIGIBAN)donde se cancela a los trabajadores la cantidad de CIENTO TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UN BOLÍVARES FUERTES CON 00/100 CENTIMOS( Bs. F.136.461,00),discriminados de la siguiente manera: la cantidad de Bs. F 22.532,76 para el ciudadano ENDER CASTELLANO; la cantidad de Bs. F 22.063,42 para el ciudadano FREDDY PEROZO ; la cantidad de Bs. F. 36.166,87,para el ciudadano HILDEMARO VALLADARES; la cantidad de Bs. F. 28.314,00 para el ciudadano IVAN SALAS y la cantidad de Bs. F. 27.383,95 para el ciudadano JACINTO CACERES; este Tribunal una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la presente transacción y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada. Este Tribunal da por terminado el presente asunto, y se ordena el archivo definitivo del expediente. Así se Decide.-
La Juez

Abog. Marlene Rojas de Siu.
La Secretaria.
Abg. Yasmely Borrego