ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001952
PARTE ACTORA: FILOMENO SANCHEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogadas ROCIO PEREA y Mayori Hernández, Inpreabogados N° 69.717 y 113.426 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: TRICOMAR
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Alberto Bracho, Mayerling Fernández y Carlos Morell, Inpreabogados N° 87.732, 120.229 y 121.031 respectivamente.
MOTIVO: Enfermedad Profesional
En el día hábil de hoy, 21 de Enero de 2009, siendo las 3:42 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la apoderada judicial Maryori Hernández en representación del demandante y TRICOMAR en su carácter de parte demandada, debidamente representada por sus apoderados judiciales Mayerling Fernández y Carlos Morell. En este estado la apoderada judicial abogada Maryori Hernández desiste del procedimiento en la presente causa. Por lo que este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 y 198.
Se regresan a las partes sus escritos de pruebas y sus respectivos anexos.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
La Secretaria
Los Presentes:
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