ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-002489

PARTE ACTORA: JESUS ACURERO ACURERO

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:

PARTE DEMANDADA: COMERCIAL REYES, C.A. (COMRECA)

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Juan Cánsales Méndez, Inpreabogado N° 41.015.

MOTIVO: Calificación de Despido

En el día hábil de hoy, 19 de Enero de 2009, siendo las 9:34 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, en este estado se deja constancia que se encuentra presente la parte demandada representada por su apoderado judicial abogado Juan Cañizalez. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 y 198.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: