REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, diecisiete de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: KP12-S-2009-000956.-

La ciudadana IRIS BEZAIDA ALVAREZ CASTEJON, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.693.221, de éste domicilio, asistida por el Abogado en ejercicio LUIS MIGUEL GONZALEZ LAMEDA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 19.338, de este domicilio, presentó escrito por ante este Tribunal, en el cual solicitó la Rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual se encuentra inserta por ante la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara, bajo el Nº 1976, de fecha 04 de Octubre de 1972, en uno de los Libros de Registro Civil de Nacimientos; por cuanto se incurrió en el error al asentar el nombre de su madre como “ELENA DEL ROSARIO CASTEJON”, siendo lo correcto “ELENA MARIA CASTEJON DE ALVAREZ.”
La solicitud se admitió resolver sumariamente y se ordenó notificar al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos acompañados a la solicitud quedó plenamente comprobado el error asentado en el Acta de Nacimiento antes descrita y no habiendo objeción por parte del Fiscal VIII del Ministerio Público en relación a lo solicitado, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido de que se asiente correctamente en el Acta de Nacimiento del solicitante donde dice: “ELENA DEL ROSARIO CASTEJON” debe decir “ELENA MARIA CASTEJON DE ALVAREZ”. En consecuencia se ordena al Prefecto antes mencionado, insertar la correspondiente nota marginal en el Acta de Nacimiento antes descrita. Expídanse copias certificadas de esta Sentencia al interesado y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, Diecisiete (17) de Diciembre de 2009. Años 199º y l50º.
El Juez Provisorio,

Abog. FRANCISCO ROMAN ZAMBRANO GOMEZ.
La Secretaria,

Abog. BETTSIMAR C. BARRIOS CARDOZO.
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 431-2009, se publicó siendo las 09:30.a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria,


Abog. BETTSIMAR C. BARRIOS CARDOZO