República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial
Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas
Cabimas, 16 de Diciembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : VP11-P-2009-000102
ASUNTO : VP11-P-2009-000102

RESOLUCION No. 1J-202-09

Por cuanto se llevo a cabo el Acto de Constitución del Tribunal en la causa penal, signada con el Nº : VP11-P-2009-000102, seguida en contra del acusado ANDRES EDUARDO PARRA GONZALEZ, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de ABUSO SEXUAL CON PENETRACIÓN ANAL, previsto y sancionado en el articulo 259, en concordancia con el artículo 217 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en perjuicio del Niño (IDENTIDAD OMITIDA), todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, se resolvió en los siguientes términos:

En el día de hoy, dieciséis (16) de diciembre del año dos mil nueve (2009), siendo las dos y cincuenta de la tarde (2:50 pm); previo lapso de espera, para llevar a efecto la audiencia de constitución de Tribunal mixto de conformidad con lo establecido en el Articulo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en la presente causa seguida al acusado ANDRES EDUARDO PARRA GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL CON PENETRACIÓN ANAL, previsto y sancionado en el articulo 259, en concordancia con el artículo 217 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en perjuicio del Niño (IDENTIDAD OMITIDA). Se constituye el Tribunal Primero de Juicio Presidido por la Juez Dra YOLEYDA MONTILLA y la Secretaria Abogada. YORLENY ORTIZ MARIN, verificándose la presencia de las partes presentes la Fiscal Cuadragésima Tercera del Ministerio Publico Abogada. GWONDELINE GONZALEZ, la ciudadana DESIREE JOSEFINA ROSILLO PARRA, en su condición representantes de la Victima BRANDO JOSÉ GUERRERO, observándose la inasistencia del acusado ANDRES EDUARDO PARRA GONZALEZ, quien no fue debidamente trasladado desde el Reten Policial, inasistente la Defensa Privada Abogados NEUDO PEROZO y ENDRICK FERNANDEZ, quienes se encuentran debidamente notificados, por participación no comparecieron ciudadanos escabinos seleccionados. Ahora bien no existe suficiente quórum por lo que se deja constancia que se realizó en esta causa habiéndose diferido el acto de constitución por falta de quórum de escabinos los días 02 de diciembre de 2009 y el día de hoy, realizándose ordinario en fecha 20 de octubre del año 2009 y sorteo extraordinario el día 02 de diciembre de 2009; por lo que habiendo agotado la convocatoria efectiva de las participación Ciudadana sin que hubiere comparecido la cuota suficiente para que se pudiera depurar el Tribunal Mixto, es por lo que este Tribunal con apego a lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal ORDENA CONSTITUIR EL TRIBUNAL EN FORMA UNIPERSONAL, y en consecuencia, el Tribunal fija el juicio oral y publico para el veintisiete (27) de enero del año 2010, a las dos y cuarenta y cinco de la tarde (2:45 pm

Sobre este particular, es importante señalar lo que al respecto señala el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal:
“Articulo. 164. Constitución del Tribunal. El día señalado se realizará la audiencia en la cual se resolverá sobre las inhibiciones, recusaciones y excusas, y constituya definitivamente el tribunal ixto.
Las resultas de las notificaciones realizadas a los ciudadanos y ciudadanas que actuarán como escabinos o escabinas deberán constar oportunamente en autos.

En caso que hubiere que diferir la audiencia, ésta deberá ser realizada nuevamente en un plazo que no podrá exceder de diez días continuos.

Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los escabinos o escabinas, el Juez o Jueza Profesional constituirá el Tribunal de forma unipersonal.

La audiencia no se suspenderá por inasistencia de alguna de las partes.

Constituido el tribunal mixto, se fijará fecha del juicio oral y público.” (Comillas, negrillas y subrayado del Tribunal)

De acuerdo a la citada disposición procesal realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los escabinos o escabinas, el Juez o Jueza Profesional constituirá el Tribunal de forma unipersonal, de manera, que tomando en cuenta que en este asunto de han realizado efectivamente dos convocatorias a la Participación Ciudadana, sin que hayan comparecido el quórum suficiente, a pesar de haber sido efectivamente notificados, la consecuencia jurídica ajustada es a los efectos de imprimir celeridad procesal al proceso, aunado a que con ello se genera economía procesal, por lo que este TRIBUNAL DECLARA CONSTITUIR ESTE TRIBUNAL EN FORMA UNIPERSONAL en la causa signada con el Nº VP11-P-2008-009865, seguida al acusado ANDRES EDUARDO PARRA GONZALEZ, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de ABUSO SEXUAL CON PENETRACIÓN ANAL, previsto y sancionado en el articulo 259, en concordancia con el artículo 217 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en perjuicio del Niño (IDENTIDAD OMITIDA), todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, fijándose el JUICIO ORAL Y PUBLICO para el día veintisiete (27) de enero del año 2010, a las dos y cuarenta y cinco de la tarde (2:45 pm), por lo que se ordenó lo pertinente en cuanto a la notificación de los ausentes al acto y a librar boletas de citación a todos a los testigos y/o expertos de acuerdo al auto de apertura a juicio y dejando sin efecto cualquier fijación anterior a esta. Y ASI SE DECIDE.

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA CONSTITUIR EN FORMA UNIPERSONAL, este Tribunal para que proceda al juzgamiento en el asunto seguido al acusado ANDRES EDUARDO PARRA GONZALEZ, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de ABUSO SEXUAL CON PENETRACIÓN ANAL, previsto y sancionado en el articulo 259, en concordancia con el artículo 217 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en perjuicio del Niño (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y publíquese.
LA JUEZA PRIMERO DE JUICIO,


DRA. YOLEYDA MONTILLA FEREIRA
LA SECRETARIA,

ABOG CATRINA LOPEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede y se registró la sentencia bajo el N° 1J-202-09.-
LA SECRETARIA,

ABOG CATRINA LOPEZ