República Bolivariana de Venezuela
En su nombre
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 4

Expediente: 16351.
Causa: Medidas Anticipadas.
Solicitante: Anell Carolina Marín Godoy.

PARTE NARRATIVA

Revisadas como han sido las actas, se observa que mediante diligencia de fecha 08 de diciembre de 2009, la ciudadana ANELL CAROLINA MARÍN GODOY, titular de la cédula de identidad No. V.-15.854.601, asistida por la Defensora Pública Tercera Especializada, abogada LISBETH BRACAMONTE FUENTES, desistió del presente procedimiento.

Con esos antecedentes, este Juzgador pasa a decidir en base a las siguientes consideraciones:

PARTE MOTIVA

En tal sentido, evaluados como han sido todos y cada uno de los hechos alegados por las partes, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 4, actuando de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, el cual dispone:

"En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es irrevocable, aún antes de la homologación del Tribunal".

De la norma antes trascrita, se evidencia que el caso que nos ocupa encuadra perfectamente dentro de los parámetros antes señalados, razón por la cual, este Juzgador considera que el desistimiento realizado por la ciudadana ANELL CAROLINA MARÍN GODOY, ya identificada, mediante diligencia de fecha 08 de diciembre de 2009, debe ser aprobado y homologado. Así se declara.

PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN

Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 4, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:

a) Aprobado y homologado el desistimiento realizado por la ciudadana ANELL CAROLINA MARÍN GODOY, en el presente juicio de Medidas Anticipadas.

b) Terminado el presente juicio, en consecuencia, se ordena el archivo del expediente.

Publíquese, regístrese y ofíciese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 4 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los 10 días del mes de diciembre de 2009. Años: 198º de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez Unipersonal No. 4;

Abog. Marlon Barreto Ríos.
La Secretaria;

Abog. Lorena Rincón Pineda.

En la misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia interlocutoria bajo el No.63. La Secretaria.

MBR/kpmp.