REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, 03 de diciembre de 2009.-
199° y 150°
Designada como he sido Juez Suplente según comunicación N° C1-09-0808 de fecha dieciocho (18) de mayo de 2.009 emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en sesión de fecha veintisiete (27) de abril de 2.009, para cubrir la vacante generada por el disfrute de las vacaciones legales del Juez Provisorio Abg. Carlos Rafael Frías; me avoco al conocimiento de la presente causa. Visto el DESISTIMIENTO realizado en fecha dos (02) de los corrientes, suscrito por el abogado en ejercicio JOEL ALEJANDRO GARCÍA, obrando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano NUMAS JOSE FRAY HERNÁNDEZ, este Juzgado considerando que lo DESISTIDO por el representante de la parte actora no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en consecuencia homologa el Desistimiento, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros.- Así se resuelve.-
LA JUEZ SUPLENTE,
ABOG. ANNELIESE GONZÁLEZ.-
LA SECRETARIA,
MARIA ROSA ARRIETA F.
En la misma fecha, se dicto y publico la anterior resolución la cual quedó signada bajo el No. 20 .-
LA SECRETARIA,
AG/pg.-
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