REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, Quince (15) de Diciembre de 2009
199° y 150°
Designada como he sido Juez Suplente según comunicación Nro. C1-09-0808 de fecha dieciocho (18) de mayo de (2.009) emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en sesión de fecha veintisiete (27) de abril de (2.009), para cubrir la vacante generada por el disfrute de las vacaciones legales del Juez Provisorio Abog. Carlos Rafael Frías; me avoco al conocimiento de la presente causa. Visto el Desistimiento, realizado en fecha Doce (12) de Noviembre del presente año, por la ciudadana ANTONIA SILVA , debidamente asistida por el abogado MARLON ROSILLO GIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 117.404, en su carácter de parte actora en el juicio que por REINVINDICACION, sigue en contra del ciudadano MANUEL REVEROL, por medio del cual desiste del procedimiento iniciado en fecha Veinticuatro (24) de Septiembre del año 2007, este Juzgado considerando que lo desistido por la parte demandante en la causa no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en consecuencia homologa el desistimiento, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Así se resuelve.
PUBLIQUESE y REGISTRESE.-
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del Articulo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1384 del Código Civil.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.- En Maracaibo, a los Quince (15) días del mes de Diciembre de Dos Mil Nueve (2009).- Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
LA JUEZ SUPLENTE
DRA. ANNELIESE GONZALEZ LA SECRETARIA
MARÏA ROSA ARRIETA FINOL
En la misma fecha, se dictó y publicó la anterior resolución en el expediente signado bajo el Número: 10227 Quedando anotada bajo el No. 46.
La Secretaria,
María Rosa Arrieta Finol..-
CRF/yp
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