REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, catorce (14) de diciembre de 2009.-
199° y 150°
Designada como he sido Juez Suplente según comunicación N° C1-09-0808 de fecha dieciocho (18) de mayo de 2.009 emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en sesión de fecha veintisiete (27) de abril de 2.009, para cubrir la vacante generada por el disfrute de las vacaciones legales del Juez Provisorio Abg. Carlos Rafael Frías; me avoco al conocimiento de la presente causa. Visto el Desistimiento realizado en fecha diez (10) de diciembre de 2009, suscrito por la ciudadana NANCI DE JESUS URDANETA DE ORTEGA, titular de la cédula de identidad No. 4.154.362, asistida por el ciudadano SILFRIDO JOSE VILLASMIL MORAN, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 51.896, obrando con el carácter de parte actora, este Juzgado considerando que lo desistido por la ciudadana NANCI URDANETA no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en consecuencia homologa el desistimiento, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros.- Así se resuelve.- Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas de los documentos solicitados, con la inserción de la anterior diligencia y del presente auto homologatorio que lo provea a fin de devolver los originales.-
LA JUEZ SUPLENTE, LA SECRETARIA,
ABOG. ANNELIESE GONZÁLEZ.- ABOG. MARIA ROSA ARRIETA.-
En la misma fecha, se dicto y publico la anterior resolución la cual quedó signada bajo el Número: 44.-
LA SECRETARIA,
AG/pg.-
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