Nº1.827

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo 02 de Diciembre de 2.009
199° 150°
Vista a la anterior diligencia suscrita por la abogada CLAUDIA SOFÍA RINCÓN, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-18.703.117, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 142.971, quien funge como apoderada judicial de la parte actora, donde solicita la suspensión de la Medida de Embargo Ejecutivo ejecutada sobre el inmueble rematado por este despacho en fecha 12-11-2009, la cual fue decretada por este Tribunal en fecha 28-07-2006 y participada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla según oficio No. 098-08 de fecha veintisiete de Marzo de 2008; el Tribunal observa que se ha dado cumplimiento a lo ordenada en el acta de remate de fecha 12-11-2009, en consecuencia, provee de conformidad con lo solicitado y ordena suspender la mencionada medida y se acuerda hacer la participación correspondiente al Registrador Publico del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Todo con relación al juicio que por Cobro de Bolívares por Intimación siguió GUSTAVO LINARES RINCÓN en procuración de JOSÉ GRACIA MESA contra: ENA GARCÍA NÚÑEZ. Ofíciese.-
La Jueza

ABOG. HELEN NAVA DE URDANETA MSc.
La Secretaria
ABOG. LAURIBEL ROMERO


En la misma fecha quedó anotado bajo el Nº 1.827 y se oficio bajo el No.2.599-09.
La Secretaria

43.354/r.r