ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-002338
PARTE ACTORA: LORAYN COROMOTO MORENO ARAUJO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JANNY GODOY MORENO y BENITO VALECILLOS
PARTE DEMANDADA: FOIMCA VENEZUELA, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA EUGENIA ANNIA Y MARI CARMEN ALDEA
MOTIVO: OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, Martes Ocho (8) de Diciembre de 2009, siendo las Dos y Cuarenta y Cinco minutos de la tarde (2:45pm) se realizó continuación de la audiencia preliminar que se encontraba fijada para las Dos de la tarde (2:00pm) del día de hoy, en la que comparecieron a la misma LORAYN COROMOTO MORENO ARAUJO y FOIMCA VENEZUELA, C.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente representados por sus apoderados judiciales Abogados BENITO VALECILLOS, MARÍA EUGENIA ANNIA Y MARI CARMEN ALDEA respectivamente, debidamente identificadas en los instrumentos poderes otorgado, por sus defendidos tal y como consta en actas, quienes una vez iniciada la presente audiencia y en los sucesivos actos de prolongación las partes intervinieron de manera objetiva en la defensa de sus derechos e intereses, en las que propusieron alternativas de solución al caso planteado con la firme intención de llegar a un acuerdo como efectivamente han llegado y que se especifica a continuación: La parte demandada a través de la representación judicial acreditada en este acto a modo de dar por terminado el presente procedimiento, ofrece en cancelarle a la parte actora la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (BsF=4.245,85CTS) para dar por satisfecho todos y cada uno de los conceptos laborales que reclama en el libelo de demanda, pago este que se realiza en este acto mediante cheque de gerencia girado contra la entidad financiera Banco Occidental de Descuento por dicha cantidad de dinero, identificado con el N° 03725651 y a nombre de la Ciudadana LORAYN COROMOTO MARENO ARAUJO. En este estado, visto el ofrecimiento de pago y en la forma expuesta, y estando presente la parte actora Ciudadana LORAYN COROMOTO MORENO ARAUJO, debidamente representada por su apoderado judicial antes identificado, manifestó de manera voluntaria libre de apremio y coacción estar de acuerdo con el pago ofrecido y que recibe en este acto a su entera satisfacción, manifestando de igual manera que con dicho pago nada mas se le queda a deber por los conceptos laborales que demanda, ni por ningún otro concepto de tipo laboral que pudiera sobrevenir en el futuro por la prestación de servicios laborales que mantuvo para con la demandada de autos. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada y ordenándose el archivo del expediente, no sin ante proceder a la devolución de las pruebas a las partes que se consignaron al inicio de la audiencia preliminar.


El Juez

La Secretaria

Abog. Alfredo García López Aboga. Yasmira Galue





Los Presentes