N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-002517
PARTE ACTORA: AMABLE ARAMBULO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GERVIS MEDINA
PARTE DEMANDADA: ASISTENCIA MEDICA ,C.A (AME, C.A)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: AURA MARINA ANDRADE VILLALOBOS.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy dieciocho (18) de Diciembre de 2009, siendo las 10:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, presente la abogada AURA MARINA ANDRADE VILLALOBOS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 60.728, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil ASISTENCIA MEDICA C. A (AME, C.A), según se evidencia de copia simple de instrumento poder que se consigna para ser agregado a las actas, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano AMABLE ARAMBULO. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 y 199.


El Juez



El Secretario

Abog. Marlene Rojas de Siu Abg. Yasmira Galue





Los Presentes