REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (17) de Diciembre del dos mil Nueve (2009)
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-002114
PARTE ACTORA: RONALD ROMERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: TAYDEE ROMERO
PARTE DEMANDADA: CONSULTORES OCCIDENTALES, S.A (COSA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FERNANDO AÑEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Encontrándose fijada la prolongación de la audiencia preliminar para el día 11 de Enero del año 2010 a las 2:30 p.m. y Vista la transacción presentada en fecha 16 de Diciembre de este año por ante la unidad de recepción y distribución de documentos por el ciudadano RONALD ROMERO asistido por la abogada TAYDEE ROMERO y el abogado FERNANDO AÑEZ actuando en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil CONSULTORES OCCIDENTALES, S.A (COSA) Constante de (4) folios útiles ; visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se ordena la devolución del material probatorio consignado por las partes, se proveen las copias certificadas solicitadas y el tribunal se abstiene de archivar el presente asunto hasta que conste el cumplimiento de lo acorado por las partes.
El Juez


Abog. Alexis Figueroa

La Secretaria