REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (16) de Diciembre de dos mil nueve (2009)

N° DE EXPEDIENTE: V P01-L-2009-002026
PARTE ACTORA: DOMINGO ANTONIO ABREU CARRASQUILLA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ZULEMA URDANETA MORENO
PARTE DEMANDADA: PROTINAL DEL ZULIA, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NESTOR PALACIOS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Vista la diligencia presentada por ante la unidad de recepción y distribución de documentos en fecha 10 de Diciembre del presente año por el ciudadano DOMINGO ANTONIO ABREU CARRASQUILLA, mediante la cual Desiste de la ACCION Y EL PROCEDIEMIENTO, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia admite la demandada y a la vez observa; que según sentencia dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social con Ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero en fecha diez (10) de mayo de 2005, la cual establece “…. Puede el trabajador desistir del proceso mediante el cual reclama derechos que éste pretende, pero lo que ciertamente resulta inadmisible es que el trabajador desista de su acción, y al mismo tiempo de su pretensión….”.Este tribunal siguiendo la sentencia anteriormente señalada niega la solicitud de HOMOLOGACIÓN DE LA ACCIÓN; pero si HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO que tiene incoado el ciudadano DOMINGO ANTONIO ABREU CARRASQUILLA en contra de la sociedad mercantil PROTINAL DEL ZULIA, C.A
Se da por terminado el presente asunto y se ordena su archivo.
El Juez


Abog. Alexis Figueroa.
La Secretaria