REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
Santa Bárbara de Zulia, 19 de agosto de 2009
199° y 150º
RESOLUCION N°-C02-861 -2009. C02-15804-2009.
24-F16-094440.
ORDEN DE APREHENSION
Vista la solicitud presentada por la ciudadana Abogada NEYLA ESTHER BERBECI, actuando con el carácter de Fiscal Decimasexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en San Carlos del Zulia, mediante la cual exponen:
“El día diecinueve (19) de marzo de 2008, la victima ciudadano ARIEL PARRA BELEÑO, recibió llanada telefónica, notificándole que su terreno ubicado en la avenida 1J con calle 10B-16 del Sector Altos de Santa Bárbara del Zulia, Municipio Colon del estado Zulia, y al investigar este se percato que efectivamente el referido terreno había sido invadido por parte de la ciudadana NORBELYS ELENA GARCIA CHACIN.
Así mismo, realiza la siguiente observación la referida Fiscal:
“…De las anteriores actuaciones practicadas por el órgano Policial: observa esa representante Fiscal: PRIMERO: Que de las mismas surgen fundados elementos de convicción que evidencia la comisión de un hecho punible que merece pena privativa de libertad, como es el delito de INVASION, previsto y sancionado en el articulo 471 A del Código Penal Venezolano. SEGUNDO: Que dichas actuaciones constituyen serios elementos de convicción para demostrar la participación de la ciudadana NORBELYS ELENA GARCIA CHACIN. TERCERO: Igualmente considera la representación Fiscal, que existe una presunción legal de fuga por parte de la ciudadana NORBELYS ELENA GARCIA CHACIN…para someterse al proceso de conformidad con el articulo 281 parágrafo 1 del Código Orgánico Procesal Penal…En consecuencia, esa representación fiscal solicita la aprehensión judicial…”
Ahora bien, del estudio minucioso de las actas que componen la investigación fiscal, se evidencia la comisión de un hecho punible previsto y sancionado con pena privativa de libertad, así mismo se evidencian fundados elementos de convicción que vinculan la responsabilidad de la ciudadana NORBELYS ELENA GARCIA CHACIN, en la comisión del delito de INVASION, previsto y sancionado en el articulo 471 A del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano ARIEL PARRA BELEÑO, al invadir el terreno propiedad de la victima ubicado en la avenida 1J con calle 10B-16 del Sector Altos de Santa Bárbara del Zulia, Municipio Colon del estado Zulia,
Así tenemos que el numeral 1º del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela programa que “La libertad personal es inviolable, en consecuencia: 1.- Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti……”, por lo que, tomando en cuenta la solicitud del Ministerio Público en vista de no estar presente la flagrancia y acreditados como están los requisitos establecidos en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado Segundo de Control acuerda expedir ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL, en contra de la ciudadana NORBELYS ELENA GARCIA CHACIN, en la comisión del delito de INVASION, previsto y sancionado en el articulo 471 A del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano ARIEL PARRA BELEÑO, al invadir el terreno propiedad de la victima ubicado en la avenida 1J con calle 10B-16 del Sector Altos de Santa Bárbara del Zulia, Municipio Colon del estado Zulia, para que una vez que sea aprehendida la presenten inmediatamente a la orden del Juzgado de Control respectivo. Así se decide.
DISPOSITIVA.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara del Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, acuerda: Expedir ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL, de conformidad con lo establecido en el numeral 1º del Articulo 44 de la Constitución Bolivariana de Venezuela y en concordancia con el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la ciudadana NORBELYS ELENA GARCIA CHACIN, en la comisión del delito de INVASION, previsto y sancionado en el articulo 471 A del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano ARIEL PARRA BELEÑO, al invadir el terreno propiedad de la victima ubicado en la avenida 1J con calle 10B-16 del Sector Altos de Santa Bárbara del Zulia, Municipio Colon del estado Zulia, para que una vez que sea aprehendida la presenten inmediatamente a la orden del Juzgado de Control respectivo. Libérese la correspondiente orden y remítase con oficio a la Fiscalía antes mencionada. Regístrese la presente Resolución.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
Dr. YORTMAN VILLASMIL GONZALEZ.
EL SECRETARIO
ABOG. LUIS RENE MOLINA LOPEZ
En la misma fecha se registro Resolución No C02-861-2009 y se oficio bajo los N°-2932 y 2933-2009
EL SECRETARIO
ABOG. LUIS RENE MOLINA LOPEZ
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