REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, Cuatro (04) de Agosto de 2009.-
199° y 150°
Visto el convenimiento de fecha 03 de Agosto de 2009, realizado por los ciudadanos ELIO ENRIQUE GANDO TORRES y ELOISA RAMONA SULBARAN asistidos por la Abogada MARIELA ALDANA ADAME respectivamente.-
Este Tribunal considerando que lo transado por los intervinientes en la causa no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en consecuencia homologa el Convenimiento, antedicha en los términos y condiciones expuestas, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Este Tribunal se abstiene de archivar el presente expediente hasta tanto conste en acta la obligación contraída. Asimismo se ordena expedir por secretarias las tres (03) copias certificadas solicitadas.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE:
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del Articulo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1384 del Código Civil.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los Cuatro (04) días del mes de Agosto de Dos Mil Nueve (2009).- Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO, LA SECRETARIA
CARLOS RAFAEL FRIAS.- MARIA ROSA ARRIETA.
En la misma fecha, se dicto y publico la anterior resolución en el expediente signado bajo el Número: 5664 bajo el N° 06.-
LA SECRETARIA,
MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-
CRF/ubal.-
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