REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- Comisión 4250-09. En el día de hoy 10 de agosto del 2009, siendo las 10:45 a.m., día y hora previamente fijado por este Tribunal Ejecutor a objeto de darle cumplimiento a la medida de secuestro sobre el bien mueble siguiente UN ACONDICIONADOR DE AIRE CON CONTROL MARCA SAMSUNG MODELO AW14PK/AW14PH, SERIAL 100214
decretada por el JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EXP. 1871 en el Juicio que por Resolución de Contrato de Venta a crédito con reserva de dominio, que sigue la C.A. LA CASA ELECTRICA contra el Ciudadano ALEJANDRO JOSE BURGOS BOZO, titular de la cédula de identidad No. 10.421.004. Acto seguido este Tribunal se traslado y constituyó en compañía del apoderado judicial de la parte actora GONZALO VELASQUEZ ROSALES, inscrito en el inpreabogado No. 11.491, en la dirección donde se encuentran los bienes a secuestrar que es la siguiente: Barrio 14 de Noviembre, Avenida 64,Casa No. 79H-185 del Municipio Maracaibo Estado Zulia.- Acto seguido se procedió a notificar del motivo del traslado y constitución del tribunal ejecutor a la Ciudadana: VIOLETA DEL CARMEN BOZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.659.818, quien dijo ser o es Madre del Ejecutado, a quien este tribunal le indicó podría hacerse acompañar de abogado de confianza en la presente medida.- A tales efectos expuso: Mi hijo no esta acá, el bien mueble que ustedes buscan está en Sinamaica, porque mi hijo vive allá y se lo llevó.- Esta juzgadora le solicitó a la parte notificada permitiera el acceso del Tribunal a objeto de verificar la no existencia del bien a secuestrar, constatado la misma que no se encontraba en el sitio indicado por el apoderado judicial de la parte actora.- Acto continúo el apoderado judicial de la parte actora expuso: “Vista la situación planteada en la presente comisión, solicito al Tribunal se abstenga de practicar la misma y remita la presente al Tribunal de la causa. Es todo.- Vista la exposición realizada este Tribunal comisionado se abstiene de practicar la medida comisionada y acuerda lo solicitado por el exponente .- El tribunal estuvo custodiado por los oficiales de la Policía Regional del Estado Zulia, Fernando Nava, Credencial: 2131 y RENNY ARROYO, credencial No. 2370.- Concluyó el acto siendo la 11:00 a.m., cumpliendo este Tribunal ejecutor con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en referencia a la Gratuidad de la Justicia, articulo 254 y 26.Terminó se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ,

ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO

EL EJECUTANTE El (LA) NOTIFICADO (A).






LA SECRETARIA

Abg-Linda Avila



Funcionarios policiales