REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Cinco (5) de Agosto de Dos Mil Nueve
199º y 150º
ASUNTO : VP01-L-2009-000965
ACTA
Visto que este tribunal le fue distribuido la presente causa para dar inicio a la audiencia preliminar y por cuanto del estudio y análisis de los hechos invocados en el libelo de demanda se evidencia que están involucrados derechos de menores, motivo por el cual no le esta dada la competencia por la materia para conocer del presente asunto, por lo que necesariamente debe este Juzgador DECLINAR LA COMPETENCIA PARA EL CONOCIEMNTO DE LA PRESENTE CAUSA y remitir la misma a los tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescente. Se deja constancia que hicieron acto de presencia los APODERADOS JUDICIALES de las partea involucradas. Así se decide. Remítase mediante oficio.
El Juez.
Abog. Alfredo García López
La Secretaria.
Aboga. Yasmely Borrego
Los Presentes.