TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, Trece (13) de Agosto de Dos Mil Nueve (2009)
199º y 150º


ASUNTO: VP01-L-2009-001706

Se dio por recibida el día Trece (13) de Agosto de 2009, diligencia constante de Acta Transaccional celebrada entre las partes intervinientes en la presente causa, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido la transacción presentada, por la Abogada ENRIQUE SANTIAGO , mayor de edad titular de la cedula de identidad No 4.995.994, en su carácter de representante legal de la Empresa AGREGADOS Y MATERIALES DE COSTRUCCION C.A ( AMACO), asistido por la abogada INGRID RIVERA, titular de la cedula de identidad No. 7.971.478, , e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 51.822 , por una parte y por la otra el ciudadano BENITO RAFAEL MOLERO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad No. V-4.151.791, asistido por la Abogada en ejercicio MARY COLINA, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 34.561, donde le cancela al EX TRABAJADOR , BENITO RAFAEL MOLERO SANCHEZ la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000), mediante cheque de Gerencia de fecha 04 de Agosto de 2009, numero de cheque 03736259, girado contra el Banco Occidental de Descuento, la cual cubre todos y cada uno de los conceptos reclamados, Ahora bien, este tribunal una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la presente transacción y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada. Este Tribunal da por terminado el presente asunto, y se ordena el archivo definitivo del expediente . Así se Decide.-

La Jueza
Abog Marianela Bravo
EL SECRETARIO