ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-001183
PARTE ACTORA: JONNY JESUS DE LUQUEZ SEGOVIA
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Betsi Colmenter
PARTE DEMANDADA: ACERO TANQUES, C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,14 de Agosto de 2009, siendo las 2:57 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JONNY JESUS DE LUQUEZ SEGOVIA y ACERO TANQUES, C.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de cinco mil doscientos Bolívares fuertes (Bs.F. 5.200,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le serán entregados al ciudadano extrabajador el día lunes 31 de Agosto de 2009 a las nueve ( 9:00 a.m.) por ante el tribunal. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al presente proceso a las partes.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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