ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-001346
PARTE ACTORA: TONNY PARRAL SOTO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MACK BARBOZA
PARTE DEMANDADA: LA SCALA BAR RESTAURANT C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE PEÑA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy,12 de Agosto de 2009, siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos TONNY PARRAL SOTO asistido en este acto por el abogado MACK BARBOZA y LA SCALA BAR RESTAURANT C.A. Empresa esta representada por su apoderado judicial abogado JOSE PEÑA, quienes han llegado al siguiente acuerdo la representación judicial de la empresa ofrece cancelar la cantidad de Ocho mil bolívares ( bsf 8.000,00) de la siguiente manera la cantidad de Cuatro mil bolívares ( bsf 4.000,00) en este acto mediante cheque del BANCO CORP BANCA C.A numero 45000372 y la cantidad restante de Cuatro mil bolívares ( bsf 4.000,00) será cancelada el día 17 de Septiembre del presente año, el trabajador manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas sus pretensiones y los conceptos reclamados en el libelo de la demanda; visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes, el tribunal se abstiene de archivar el presente asunto hasta que se de cumplimiento total al acuerdo celebrado por las partes.

El Juez

El Secretario

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes