REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA





JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 07 de ABRIL de 2009
198° y 150°

RESOLUCIÓN Nº 234-09 CAUSA N° 2E-423-09

Definitivamente firme como se encuentra, la sentencia No. 004-09 dictada en fecha 09-03-2009, por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara del Zulia, mediante la cual condena al penado RONEL ARGIMIRO ALVARADO RUIZ, Venezolano, natural de Santa Bárbara, Municipio Colón del Estado Zulia, fecha de nacimiento: 01-07-1989, de 19 años de edad, soltero, obrero, Titular de la Cedula de Identidad N° 20.168.776, hijo de Argimiro Alvarado y de Rosiris del Carmen Ruiz y residenciado en el Barrio Doña Bárbara, Calle 06, Casa S/N, a seis casas de la Panadería Encontrados, Municipio Catatumbo, Estado Zulia, quien fue condenado a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley, por el delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el Tercer Aparte del Artículo 43 de la Ley Orgánica sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de una menor; este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara en Estado de Ejecución la presente Causa, y pasa a ejecutar la pena de SEIS (06) MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley, y por cuanto se observa que el mismo se encuentra en Libertad, se ordena su comparecencia ante este Tribunal para el día LUNES 20-04-2009, A LAS NUEVE (09:00 AM) DE LA MAÑANA, a los fines de imponerlo de las condiciones para optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, prevista en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, como son: Acudir a la Unidad Técnica de Apoyo Al Sistema Penitenciario, para que se le practique el Informe Técnico Psico-Social, Consignar el Certificado de Antecedentes Penales, Consignar Oferta de Trabajo o Constancia Laboral, y de ser procedente acordar la misma. ASI SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la sentencia dictada en contra del penado RONEL ARGIMIRO ALVARADO RUIZ, Venezolano, natural de Santa Bárbara, Municipio Colón del Estado Zulia, fecha de nacimiento: 01-07-1989, de 19 años de edad, soltero, obrero, Titular de la Cedula de Identidad N° 20.168.776, hijo de Argimiro Alvarado y de Rosiris del Carmen Ruiz y residenciado en el Barrio Doña Bárbara, Calle 06, Casa S/N, a seis casas de la Panadería Encontrados, Municipio Catatumbo, Estado Zulia, quien fue condenado a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley, por el delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el Tercer Aparte del Artículo 43 de la Ley Orgánica sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de una menor; y en consecuencia, se ordena su comparecencia por ante este Tribunal de Ejecución para el día LUNES 20-04-2009, A LAS NUEVE (09:00 AM) DE LA MAÑANA, a los fines de que se impongan de las condiciones establecidas en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal y de ser procedente acordar la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. Publíquese, Regístrese, Notifíquese y Líbrense las Boletas de Citación.-

LA JUEZ SEGUNDA DE EJECUCION,


ABG. ALBA REBECA HIDALGO HUGUET
LA SECRETARIA


ABOG. ROSA JULIA ZERPA

En la misma fecha se registró la presente resolución bajo el Nº 234-09, se libraron Boletas de Citación y Notificación, y se oficio bajo los Nros: 1976-09, 1977-09, 1978-09 y 1979-09.-
LA SECRETARIA


ABOG. ROSA JULIA ZERPA
ARHH/Lisbeth.**