REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, (15) de Abril de 2009
198° y 149°
Decisi
ón No.377-09. Causa No. 6C-17.721-08.-
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana Abogada FAHIDEE ARIAS, en su carácter de defensora de la imputada LUCELYS JACQUELINE GONZALEZ VASQUEZ, mediante la cual expone: “…en vista de que mi defendida por razones de salud, no ha podido cumplir a cabalidad todas las obligaciones impuesta por este tribunal debido a que se encuentra en estado de gravidez delicado, lo que le ocasiona un sangramiento constante debido a que se le diagnosticó placenta previa parcial, razón por la cual le ha sido imposible en poderse trasladar ante las instalaciones del tribunal para cumplir con las correspondientes, cada 15 días, es por ello que solicito se sirva reactivar las presentaciones de mi defendida y le sean extendidas las presentaciones de mi defendida …”; este Tribunal para resolver observa:
En fecha 16 de Junio del 2008 año, la representación de la Fiscalía Trigésima Novena del Ministerio Público del Estado Zulia, presentó por ante este Juzgado a la ciudadana LUCELYS GONZALEZ VASQUEZ, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, el Tribunal pertinente decretar a favor del antes mencionado ciudadano Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 256 ordinales 3º y 4º del Código Orgánico Procesa Penal, la cual consiste en presentaciones por ante este juzgado cada quince (15) días y la prohibición de salir sin autorización de la jurisdicción del Tribunal.
Ahora bien, el Tribunal previa verificación del Sistema de Presentaciones, constata que el imputado de auto ha dado cumplimiento a la medida impuesta por esta Autoridad; por lo que considera procedente en derecho proveer conforme a lo solicitado por la defensa de autos, en consecuencia de lo cual SE ACUERDA EXTENDER A TREINTA (30) DÍAS EL LAPSO DE LAS PRESENTACIONES de la imputada en la presente causa. ASÍ SE DECIDE.
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER A TREINTA (30) DÍAS EL LAPSO DE LAS PRESENTACIONES, por ante este Tribunal de la imputada de autos, ciudadana LUCELYS GONZALEZ VASQUEZ. ASÍ SE DECLARA.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese la presente decisión.
LA JUEZ SEXTO DE CONTROL,
DRA DORIS NARDINI RIVAS.
LA SECRETARIA(S),
MARIA CRISTINA BAPTISTA
En la misma fecha se registró la Decisión bajo el N° 377-09 y se libraron boletas de notificación bajo el oficio No. 1551-09.
La Secretaria.
DNR/mm.-
Causa: 6C-17.721-08
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