PODER JUDICIAL

JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION SECCION ADOLESCENTE
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 16 de Abril de 2009
198° y 149°

RESOLUCIÓN No. 246-09 CAUSA Nº 1E-1492-08

CAPITULO I
DE LA NATURALEZA DE LA DECISION

Vista la audiencia realizada en el día de hoy, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la cual se procedió ala revisión de la medida de Privación de Libertad que le fue impuesta al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA)); este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia pasa a resolver, y al efecto observa:


CAPITULO II
DE LAS EXPOSICIONES DE LAS PARTES Y SU FUNDAMENTO

La Defensora Especializada ABOG. YAJAIRA FINOL, obrando en representación del adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA)), al momento de la realización de la audiencia expuso: Ratifico en todas y cada una de sus partes el escrito que interpuse en el día de hoy, ya que se observa que el informe evolutivo emanado de la casa de formación integral cañada II, que el adolescente ha cumplido con los objetivos planteados y puesto que dicho informe evolutivo es favorable, es por lo que solicito que sea sustituida la sanción de privación de libertad por las sanciones de Reglas de Conducta de conformidad con lo establecido en los artículos 626 y 624 de la Ley orgánica para la protección de Niños, Niñas y adolescentes, e igualmente consigno en este acto la oferta de trabajo para el adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA), COMO MECANICO EN EL TALLER Pampero todo ello en virtud de que mi defendido cuenta cd0on apoyo familiar, es todo.-” Acto seguido, se le concede el derecho de palabra al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA)), de conformidad con lo establecido en el articulo 49 ordinal 5 de la constitución Nacional y artículo 80 de la LOPNA, quién expone: “estoy de acuerdo con por mi defensor, quiero que me de otra oportunidad para seguir estudiando y salir, es todo.” Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representación fiscal, a cargo de la ABOG. FREDDY OCHOA, quien expuso: “Revisado el último Informe Evolutivo practicado al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA)), que comprende el período 16-11-2009 al 16-02-2009, y comparado con el Plan Individual trazado al mismo se evidencian aspectos de interés tales como en el área social, En la evaluación del trimestre el joven adulto (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA), se ha logrado evidenciar que sus visitas familiares son constantes en los días establecidos (progenitora y hermanos) donde se ha observado una relación y comunicación armónica entre ellos. El joven en la actualidad permanece en el área de reflexión para resguardar su integridad física por presentar altercados con uno de sus compañeros internos, cabe destacar que esto no le impide participar en las actividades de la rutina diaria planificadas por las diferentes áreas. (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA) al momento de la entrevista, se planteó metas a corto y mediano plazo, con el entusiasmo de continuar asistiendo a las actividades escolares, Talleres, Charlas y cursos que realicen en la Institución los cuales le permitirán reforzar su desarrollo Psicosocial. Así mismo en el área emotiva cognitiva Joven de 18 años de edad, quien se encuentra orientado en tiempo y espacio, se comunica de manera clara y directa, por medio de un lenguaje coloquial, vocabulario poco extenso y tono de voz adecuado. Durante la evaluación Psicológica, el joven adulto se mostró colaborador en todo momento y se mostró preocupado por el cumplimiento de sus metas, en cuanto a sus habilidades sociales mantiene una relación armoniosa con sus compañeros utilizando el buen humor como técnica para establecer lazos de confianza. En cuanto al área emotiva, el joven adulto cuenta con el apoyo emocional de sus familiares quienes se muestran interesados en el proceso por el cual atraviesa (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA) en la actualidad, de igual manera se puede observar que el joven cuenta con metas claras y precisas al consignar en este acto oferta laboral que pudiera garantizarle al Tribunal una correcta reinserción a la sociedad utilizando su tiempo disponible en incursionar en el área laboral, evitando la ociosidad y el contacto con otras personas transgresoras, por lo que se considera que en el presente caso, el Juez de Ejecución puede sustituir la medida privativa de libertad por otra sanción, coadyuvando el desarrollo integral del sancionado, por lo que esta Representación Fiscal, manifiesta su Opinión favorable para que se sustituya en este momento al adolescente la medida de privación de Libertad por otra menos gravosa, como la Libertad Asistida y la Imposición de Reglas de Conducta por el lapso que le falte por concluir la sanción inicialmente impuesta, es todo”

CAPITULO III
DE LA FUNDAMENTACION

Ahora bien, luego de una revisión de las actas que corren insertas en la presente causa se puede evidenciar que: Se deja constancia que El Juzgado Segundo de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial penal del Estado Zulia, según Sentencia No. 45-08 de fecha 19-06-2008, declaró la responsabilidad penal del adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA)), por la comisión de los delitos de CO-AUTOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el Artículo 5, en concordancia con el Artículo 6, Ordinales 1°, 2°, 3° y 5°, todos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con los Artículos 453 y 83 del Código Penal y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277, en concordancia con el Artículo 276 y 83 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano JAIRO JOSÉ PIRELA DIAZ Y EL ESTADO VENEZOLANO, decretando la sanción de PRIVACIÒN DE LIBERTAD, prevista en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de DOS (02) AÑOS, y la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, aplicada por el lapso de UN (01) AÑO, para ser cumplidas de manera sucesiva. De igual modo, se observa la Audiencia Oral y Reservada de Lectura de Cómputo (folios 128 al 131 de la causa), de la cual se evidencia que el adolescente está detenido desde el día DESDE EL DIA 24-05-2008, HASTA LA FECHA DEL DÍA DE HOY 16-04-2009 HA PERMANECIDO DETENIDO DIEZ (10) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS, FALTANDOLE POR CUMPLIR UN (01) AÑO Y UN (01) MES Y OCHO (08) DIAS DE PRIVACION DE LIBERTAD HASTA EL DÍA 24-05-2010, PARA COMENZAR CON LA SANCIÓN DE LIBERTAD ASISTIDA POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, QUE DEBERÁ COMENZAR A CUMPLIRLA UNA VEZ QUE CULMINE CON LA PRIVACION DE LIBERTAD, ES DECIR, DESDE EL DÍA 25-05-2010 HASTA EL 25-05-2011, SANCIÓN QUE DEBERÁ CUMPLIR DE MANERA SUCESIVA. De igual modo, este Tribunal deja constancia que a los folios 97 al 104 de la causa se encuentra inserto PLAN INDIVIDUAL: del adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA)), del cual se observa lo siguiente HISTORIA PERSONAL: Emotiva-Cognitiva: El joven es producto de unión formal de convivencia de sus padres, quienes se separan cuando el joven contaba con 11 años de edad de dicha un ión se procrearon 6 hijos siendo (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA) el 5to. De los hijos, luego de la separación el joven se va con su padre a Caracas donde lo ayuda en sus labores y deserta de la escolaridad, para luego de 1 año regresar a la casa materna donde ésta asume totalmente las necesidades económicas y afectivas del joven, así como también la supervisión, siendo sus estrategias de control y supervisión ineficaces, permitiendo que el joven asumiera una libertad precoz y se gregara con amistades inadecuadas, lo que fue altamente influyente para que el sujeto cometiera el delito. Inicio escolaridad a la edad esperada, sin embargo hubo repitencia del 4to. Grado de Educación Primaria y desertó del área cursando el 8vo. Grado, para ingresar al área laboral desempeñándose como ayudante de transportista, manifiesta no consumir ningún tipo de Drogas Ilícitas, consume alcohol de manera social. Inicia sexualidad a los 13 años con pareja heterosexual, negando variantes en el área. Social: Adolescente que proviene de hogar desintegrado por parte parental, quedando toda la responsabilidad a la progenitora, quien posee carencias en cuanto a las normas ya que se ve obligada a trabajar para cubrir los gastos del hogar mientras esta ausente la nuera e hija mayor quedan a cargo de la supervisión estas de bajo control. Durante la entrevista con la progenitora manifiesta que (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA) es tranquilo, trabajador, estudiaba, le gusta bailar hacer deporte, en sus ratos libres cuidaba a sus hermanos menores, colaboraba económicamente con lo que podía , nunca había tenido quejas de mala conducta ni el Liceo ni con los vecinos, en la familia no ha recibido este tipo de comportamiento como ejemplo. EVOLUCION DESDE EL INGRESO: Emotivo-Cognitiva: Durante su estadía en la Institución el joven se ha mantenido lúcido con procesos senso perceptivos preservados, ubicado en tiempo, espacio y persona, siendo capaz de mantener conversación coherente e hilada, con utilización fluida de lenguaje, luce de inteligencia promedio acorde a su edad, el joven tiene 7mo. Grado aprobado y manifiesta interés en participar en los Talleres, misiones y demás actividades que aquí se desarrollen, manifiesta tener relaciones afectiva y cordiales con todos los integrantes de la familia en especial con su madre de quien se expresa con afecto, admiración y respeto, manifiesta arrepentimiento por el delito cometido, mostrándose reflexivo y planteándose nuevas metas al obtener su libertad, tal como culminar su Bachillerato. En este sentido para el próximo periodo se estimulará la reflexión sobre las consecuencias y responsabilidades de las decisiones tomadas y comenzar a establecer metas reales a corto y mediano plazo. Social: Adolescente de 17 años de edad que desde su ingreso se pudo evidenciar que las visitas familiares son constantes en los días establecidos, observándose una relación armoniosa y una comunicación afectiva entre ellos, los cuales le brindan el apoyo indispensable para su desarrollo Psico-Emocional aconsejándolo que continué con los estudios y llevar un buen comportamiento dentro de la Institución. (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA) durante la entrevista planteó metas a corto y mediano plazo, con el deseo de comenzar las clases, asistir al Taller de Crecimiento Personal, participar en las actividades deportivas y Cursos que aperturen en el Centro los cuales lo ayudaran a su desarrollo Psico-Social. INFORME CONDUCTUAL: Impresión Inicial: La primera impresión del adolescente fue tranquila, relajada no mostró actitud agresiva tiene buena presencia. Conducta Social Adaptativa: El adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA) mostró buena actitud al momento del ingreso a la Institución y ha ido adaptándose a la Institución. Actitud Ante las Normas: El adolescente mostró receptividad hacia las normas de la Institución y cumple sin ningún problema las tareas asignadas. Actitud Ante las Figuras de Autoridad: El adolescente ha mostrado respeto hacia los Guías y muestra respeto hacia las figuras de autoridad. Actitud Hacia Compañeros de Grupo: El adolescente muestra buena aceptación hacia sus compañeros se muestra sociable y muy receptivo hacia ellos. Hábitos: El adolescente le gusta las manualidades su comportamiento es bueno. ANALISIS EXPLICATIVO DF ONFLICTO SOCIAL: Se consiguen evidencias que hacen llegar a la siguiente conclusión: • Problemas relativos al grupo familiar de apoyo, separación por parte parental, presencia de abuso físico, disciplina inadecuada. • Problemas relativos al ambiente social, apoyo social inadecuado pares transgresores. • Problemas económicos, economía insuficiente. DIAGNOSTICO INTEGRADO: Adolescente de 17 años de edad, que presenta un proceso senso-perceptivo preservado, mantiene una conversación coherente e hilada, muestra arrepentimiento por el delito cometido, sus intervenciones Individuales serán brindarles las herramientas necesarias para estimular la reflexión sobre las consecuencias y responsabilidades de las decisiones tomadas. Las visitas familiares son continuas en los días estabJecidos, observándose una relación armoniosa y una comunicación afectiva entre ellos, El adolescente ha mostrado una actitud tranquila adaptándose a la normativa, es respetuoso y colaborador con el personal que labora en la Institución, el cual le ha permitido cumplir sin ningún problema las actividades de la rutina diaria. Ahora bien este Tribunal pasa a dejar constancia que a los folios Nros. 145 Al 153, se encuentran inserto informe trimestral correspondiente al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA)), RESULTADOS DE LAS EVALUACIONES PRACTICADAS: - DESARROLLO PERSONAL: Educativa: No se encontraron nuevos Datos. Emotiva-Cognitiva No se encontraron nuevo datos. Social: No se encontraron nuevos datos. Salud: Adolescente que luce en buenas condiciones generales, afebril, hidratado, eupneico Ruidos Cardiacos sin soplo Fc.: 80 X’ Murmullo Vesicular audible rudo sin agregados Fr: 18 X’. Abdomen blando sin visceromegal ¡as. Neurológico: Normotonico- Normoreflexico. Adolescente sano. RESULTADOS DE LAS EVALUACIONES PRACTICADAS: Social: En la evolución del trimestre el adolescente Yhoel Pimienta, se ha podido observar que las visitas familiares on continuas en los días establecidos lográndose evidenciar una relación armoniosa y una comunicación afectiva entre ellos, los cuales aconsejan al adolescente de participar en las actividades que desarrollan en la Institución y mantener un buen comportamiento. El 28 de Septiembre el adolescente presentó un atelcado con uno de sus compañeros del área interna se tomaron las medidas pertinentes al caso, en estos momentos se encuentra en el área de resguardo temiendo por su integridad física. Durante la entrevista el adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA), se planteó, metas a corto y mediano plazo, con el deseo de participar en el nuevo año escolar en las actividades de aula y deporte, Talleres, Cursos y Charlas que dicten en el centro los cuales lo ayudaran a mantener una conducta favorable. Emotivo-Cognitiva: Adolescente que durante el periodo de evaluación se observó lúcido, con una concentración y atención adecuada a las actividades propuestas. Emplea un vocabulario poco extenso, coloquial, coherente y lógico. Durante este periodo ha permanecido en el cuarto de reflexión, para proteger su integridad física de otros adolescentes que permanecen en el centro. Su comportamiento ha reflejado avances positivos en cuanto al cumplimiento de normas. A nivel emocional ha demostrado respuestas adecuadas a los estímulos recibidos, compartiendo armoniosamente con sus compañeros de cuarto. En cuanto al área viso motriz, el adolescente presenta una madurez adecuada a su grupo etano y una inteligencia acorde con lo esperado para su edad. El adolescente recibe apoyo de su grupo de pares y de sus familiares, quienes reflejan interés en el proceso en el cual se ve inmerso su representado. Salud: Adolescente de 17 años luce en aparentes buenas condiciones generales quien se mantiene sano durante su estadía sin presentar patología alguna, se evalúan todos los sistemas sin evidencia de eventualidad. Educativa: Adolescente de 17 años de edad, durante el inicio del nuevo año escolar 2008-2009, según el diagnostico educativo practicado a dicho adolescente el cual arrojo lo siguiente: Su lectura es buena respetando los signos de puntuación y dándole la entonación adecuada. Su letra es imprenta pero legible y moldeada. Lee y escribe números naturales de ocho o más cifras. Resuelve operaciones básicas de adiciones y sustracciones. Esta iniciado en la solución de multiplicaciones y dtvis por ursa y das cifras. Constantemente participa en clases Su comportamiento es excelente Posee un gran espíritu de superación Es respetuoso con sus compañeros y el personal docente Su apariencia y hábitos de higiene son buenos Es un alumno que se destaca por su gran colaboración Es un alumno alegre, optimista y con gran sentido del humor En conclusión: Su rendimiento es excelente. Deporte: El joven durante la charla de inducción deportiva se observo tranquilo y atento, el joven se destaca en el Basketball y se le brinda todas las herramientas para su desarrollo en el área su conducta es positiva durante los encuentros deportivos su desarrollo físico es adecuado. INFORME CONDUCTUAL: Conducta Social Adaptativa: Este joven ha mantenido su conducta inicial reconociendo y aceptando las normas de la Institución este joven ha mostrado cambios favorables. Actitud ante las Normas: Acata las normas de manera pasiva, cumple con sus labores de limpieza de manera voluntaria, no puede cumplir en todas las actividades contempladas de la rutina diaria por encontrarse en calidad de resguardo para cuidar su integridad física. (Asiste a las actividades escolares). Actitud ante Figuras de Autoridad: Este joven se muestra respetuoso, es comunicativo y coIaborador Es receptivo a las orientaciones dadas por el personal que aquí labora. Actitud hacia sus Compañeros de Grupo: A su ingreso fue aceptado por todos sus compañeros, estableciendo relaciones amigables con los mismos situación que cambio casi de inmediato pidiendo voluntariamente ser alejado del resto de sus compañeros por temer por su integridad física. Actualmente se encuentra retirado del grL de jó Hábitos: Cuida de su aseo y presentación personal, se preocupa por mantener en orden y limpio su dormitorio y pertenencias, duerme toda la noche, consume todos sus alimentos. DIAGNOSTICO INTEGRADO: Adolescente de 17 años de edad, que ha demostrado respuestas adecuadas a los estímulos recibidos, su comportamiento ha reflejado avances positivos en cuanto a cumplimiento de normas, sus relaciones interpersonales en el cuarto son armoniosas. Sus visitas familiares son continuas, evidenciándose una relación y comunicación afectiva entre ellos. El adolescente en el transcurso del trimestre ha mostrado una actitud pasiva, es respetuoso, comunicativo y colaborador con el personal que labora en la Institución, a pesar de encontrarse en calidad de resguardo cumple con las actividades de la rutina diaria desarrolladas en el centro. AREAS METAS LOGRADAS: -Asistió constantemente a clases, EDUCACION-Iniciado en la realización de multiplicaciones y divisiones de una cifra. -El adolescente en este trimestre cumplió con las metas planteadas SOCIAL Participó en las actividades escolares y deportivas realizadas en el centro, - Participó en el Taller de crecimiento Personal. A los folios (166-174), se deja constancia que e encuentra inserto informe trimestral correspondiente al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA)) del cual se observa: ÁREAS DE DESARROLLO PERSONAL: Salud, Emotiva-Cognitiva, Social: No se encontraron nuevos datos. RESULTADOS DE LAS EVALUACIONES PRACTICADAS: Social: En la evaluación del trimestre el joven adulto (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA), se ha logrado evidenciar que sus visitas familiares son constantes en los días establecidos (progenitora y hermanos) donde se ha observado una relación y comunicación armónica entre ellos. El joven en la actualidad permanece en el área de reflexión para resguardar su integridad física por presentar altercados con uno de sus compañeros internos, cabe destacar que esto no le impide participar en las actividades de la rutina diaria planificadas por las diferentes áreas. (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA) al momento de la entrevista, se planteó metas a corto y mediano plazo, con el entusiasmo de cóntinuar asistiendo a las actividades escolares, Talleres, Charlas y cursos que realicen en la Institución los cuales le permitirán reforzar su desarrollo Psicosocial. Área Emotiva-Cognitiva: Joven de 18 años de edad, quien se encuentra orientado en tiempo y espacio, se comunica de manera clara y directa, por medio de un lenguaje coloquial, vocabulario poco extenso y tono de voz adecuado. Durante la evaluación Psicológica, el joven adulto se mostró colaborador en todo momento y se mostró preocupado por el cumplimiento de sus metas, en cuanto a sus habilidades sociales mantiene una relación armoniosa con sus compañeros utilizando el buen humor como técnica para establecer lazos de confianza. En cuanto al área emotiva, el joven adulto cuenta con el apoyo emocional de sus familiares quienes se muestran interesados en el proceso por el cual atraviesa (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA) en la actualidad. Salud: Joven adulto quien durante este periodo no ha presentado novedad patológica, actualmente se encuentra en buenas condiciones generales, afebril, hidratado, adecuada coloración de piel y mucosas. Al examen físico luce en estables condiciones generales, Peso: 63 Kg. Cardiopulmonar: Ruidos Cardiacos Rítmicos sin soplo FC: 74X’; Murmullo Vesicular rudo sin agregados FR: 19X’; Abdomen Blando depresible sin megalias. Neurológico: Activo, Normotonico, Normoreflexico. Educación: (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA) joven adulto de 18 años de edad, de acuerdo a la evolución del año escolar en este lapso, el alumno ha tenido una conducta buena dentro del aula de clases. Su lectura es buena le da una entonación adecuada. Reconoce los elementos que intervienen en el acto de la comunicación. Mejoró su letra, logrando escribir corrido y moldeada. Lee y escribe números naturales de doce cifras. Escribe e identifica los números romanos. Identifica cantidades “mayor que” “menór que” e “igual que”. Se esfuerza por terminar las actividades asignadas por el docente. Es un alumno alegre optimista y con gran sentido del humor. Es colaborador, participativo en todas las actividades planificadas en el aula. Es respetuoso con sus compañeros y el personal docente. Su apariencia y hábitos de higiene son buenos. INFORME CONDUCTUAL: Conducta Social Adaptativa: El joven ha mantenido su proceso de adaptación desde su ingreso progresivamente hasta la actualidad, ha mantenido su actitud inicial, cambios favorables. Actitud ante las Normas: Las acata de manera rápida en presencia del personal que labora en el Centro, es responsable y respetuoso cumple con las sanciones y con las comisiones, participa en las actividades de la rutina diaria es colaborador y no es apático. Actitud ante Figuras de Autoridad: El joven es respetuoso ante figuras de autoridad y representantes, es obediente. Se caracteriza por ser muy sonriente. Actitud hacia sus Compañeros de Grupo: El joven se ha mantenido constante con sus compañeros al encontrarse en el área de reflexión y compañeros del mismo cuarto. La actitud del grupo hacia el joven es la misma ya que ellos conviven juntos, el joven esta definido sexualmente. Hábitos: Tiene buen dormir, tiene buen apetito, se asea tres veces al día. Arregla su dormitorio y sus pertenencias. Comportamiento Durante la Visita Familiar: El joven es tranquilo y sereno, ha mantenido su cambio de humor y expresa su manera con algo creativo como realizar Cofres y otras actividades manuales. DIAGNOSTICO INTEGRADO: Joven adulto de 18 años de edad, que ha demostrado ser colaborador al momento de los Abordajes Terapéuticos, el cual mantiene una relación armónica con sus compañeros utilizando el buen humor como técnica para establecer lazos de confianza, en cuanto a sus Intervenciones Individuales consistirán en brindarle las herramientas necesarias para reforzar su desarrollo personal. Las visitas familiares son continuas, observándose una relación armónica entre ellos. El joven ha tenido una adaptación progresiva, este tuvo un altercado con uno de sus compañeros internos el cual actualmente se encuentra en el área de reflexión para resguardar su integridad física, cabe destacar que esto no le impide cumplir con las actividades de la rutina diaria desarrolladas en la Institución. AREAS EVALUADAS, METAS LOGRADAS: • El joven adulto en este trimestre cumplió con las metas planteadas • Participó en las actividades escolares realizadas. SOCIAL Centro • Participó en el Taller de crecimiento Personal • Asistió a clases constantemente. EDUCACION, Logró escribir en letra corrida y moldeada, EMOTIVA El joven asistió al Taller de logro de metas asignado, COGNITIVA cumpliendo sus metas propuestas en esta área. Del contenido del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del adolescente se desprende que el Juez debe revisar las sanciones impuestas al adolescente, por lo menos cada seis (06) meses y esta facultado a modificarlas o sustituirlas, pues de que esto ocurra dependerá de la convicción de que la sanción impuesta originalmente no cumpla con el objetivo para lo cual fue impuesta o es contrario al desarrollo del adolescente. Esta revisión se hace con la finalidad de controlar los efectos de la sanción impuesta al adolescente, en aras de que cumpla con los objetivos por los cuales fue impuesta, la cual se realiza confrontando la finalidad de la medida, el plan individual y los resultados parciales reflejados en los informes evolutivos. Así tenemos que del estudio y análisis comparativo efectuado al Plan Individual, así como los sucesivos informes Evolutivos Técnicos correspondiente, practicado por el Equipo Multidisciplinario de la Casa de Formación Integral “Cañada II” al adolescente sancionado (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA)) en su proceso de abordaje terapéutico, aprecia esta Juzgadora que la superación de las carencias y el logro efectivo de una evolución debe ser en forma sostenida, que pueda hacer presumir con fundamento que serio que se trata de una situación irreversible, constatando quien decide que de los informes técnico se aprecia que los logros y avances obtenidos por el adolescente sancionado en el cumplimiento de la medida sancionatoria Privativa de Libertad, han sido consolidados y sostenidos en el tiempo, ya que se evidencia en las diferentes áreas abordadas las siguientes consideraciones: “INFORME CONDUCTUAL: Conducta Social Adaptativa: El joven ha mantenido su proceso de adaptación desde su ingreso progresivamente hasta la actualidad, ha mantenido su actitud inicial, cambios favorables. Actitud ante las Normas: Las acata de manera rápida en presencia del personal que labora en el Centro, es responsable y respetuoso cumple con las sanciones y con las comisiones, participa en las actividades de la rutina diaria es colaborador y no es apático. Actitud ante Figuras de Autoridad: El joven es respetuoso ante figuras de autoridad y representantes, es obediente.-De manera que a juicio de quien decide el adolescente ANTOR CONTRERAS ha cumplido satisfactoriamente con las metas fijadas por el equipo Técnico del Centro de Internamiento en el Informe del Plan Individual, verificando ésta juzgadora que la finalidad socioeducativa de la medida ha cumplido su cometido, cual es la formación integral del adolescente y la búsqueda de su adecuada convivencia social y familia, del mismo modo se observa DIAGNOSTICO INTEGRADO: Joven adulto de 18 años de edad, que ha demostrado ser colaborador al momento de los Abordajes Terapéuticos, el cual mantiene una relación armónica con sus compañeros utilizando el buen humor como técnica para establecer lazos de confianza, en cuanto a sus Intervenciones Individuales consistirán en brindarle las herramientas necesarias para reforzar su desarrollo personal. Las visitas familiares son continuas, observándose una relación armónica entre ellos. El joven ha tenido una adaptación progresiva, este tuvo un altercado con uno de sus compañeros internos el cual actualmente se encuentra en el área de reflexión para resguardar su integridad física, cabe destacar que esto no le impide cumplir con las actividades de la rutina diaria desarrolladas en la Institución. Así como las METAS LOGRADAS: • El joven adulto en este trimestre cumplió con las metas planteadas • Participó en las actividades escolares realizadas. SOCIAL, Centro • Participó en el Taller de crecimiento Personal • Asistió a clases constantemente. EDUCACION, Logró escribir en letra corrida y moldeada, EMOTIVA El joven asistió al Taller de logro de metas asignado, COGNITIVA habitación cumpliendo sus metas propuestas en esta área.- Así vemos, que el adolescente ha mantenido un intento serio y plausible del someterse al Plan Individual, siendo suficiente para proceder a la sustitución de la sanción, por cuanto su proceso de evolución se ha determinado SOSTENIBLE bajo un régimen de menor intervención. En tal sentido, estima quien decide que el abordaje realizado al adolescente por el Equipo Multidisciplinario resulto positivo, dado su progreso alcanzado en la consecución de sus metas y objetivos diseñados para obtener la superación de las carencias y factores nocivos que incidieron en la comisión del hecho punible, y por ende se aprecia que los mecanismos y estrategias utilizadas para alcanzar ese fin, permitieron que el adolescente dispone efectivamente de las destrezas, habilidades y capacidades que lo encaminen hacia su formación integral y le permitan retornar a su grupo familiar con el apoyo del mismo, y social en condiciones adecuadas para evitar la reiteración de conductas delictivas, en consecuencia encuentra quien decide que aquellos aspectos que aún le falta reforzar y que han sido estipulados en su plan Individual, establecido para su próximo periodo a evaluar, pueden seguir siendo abordado a través tratamiento especializado extracentro, haciendo énfasis sobre lo indispensable que significa que su grupo familiar se involucre en su proceso de rehabilitación, siendo indispensable para quien decide que el referido adolescente continué con el abordaje terapéutico en situación de libertad con su inclusión en programas socioeducativos dirigidos por institución idónea creados para tal fin, precisamente para seguir logrando en el mismo el desarrollo de sus capacidades intelectuales y su adecuada reinserción en la sociedad- A criterio de esta Juzgadora hemos arribado al momento oportuno y propicio para proceder a la sustitución de la sanción que ha cumplido hasta la fecha, como lo es la Privación de Libertad, pudiendo en consecuencia sustituir la sanción por otra medida menos gravosa que la Privación de Libertad, y tomando en cuenta el principio de progresividad establecido en el articulo 19 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 13 de la Ley Orgánica Para La Protección De Niñas Niños y Adolescentes, y así mismo tomando en cuenta la excepcionalidad de la privación de libertad por el menor tiempo posible establecido en el articulo 628 parágrafo de la mencionada ley especial; Es por lo que esta Juzgadora considera idóneo la sustitución de la sanción de Privación de Libertad por una menos gravosa contemplada en el artículos 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, tales como Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta, por el lapso de (01) AÑO Y UN (01) MES Y OCHO (08) DIAS, al observar quien decide que el joven adulto, a través del análisis hecho al informe evolutivo practicado por el Equipo Técnico del Centro de Internamiento, ha alcanzado de manera sostenida los objetivos previstos en su plan individual, logrando incrementar el pleno desarrollo de su capacidad intelectual y su retorno a al medio familiar y social que le rodea, de manera que se aprecia que la situación del joven adulto resulta irreversible ante los factores que incidieron en la comisión del hecho punible. Es por lo que esta Juzgadora considera idóneo la sustitución de la sanción de Privación de Libertad declarando CON LUGAR el pedimento de la Defensa Especializada y la Fiscal 31° del Ministerio Publico.- ASI SE DECIDE.-

III
PARTE DISPOSITIVA

En consecuencia este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con fundamento al Literal “E” del Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 483 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del Artículo 537 de la Ley Especial, RESUELVE: PRIMERO: ACUERDA SUSTITUIR la medida de DE PRIVACION DE LIBERTAD aplicada al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA), del Estado Zulia, por la comisión de los delitos de CO-AUTOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto en el Artículo 5, en concordancia con el Artículo 6, Ordinales 1°, 2°, 3° y 5°, todos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con los Artículos 453 y 83 del Código Penal y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277, en concordancia con el Artículo 276 y 83 del Código Penal Vigente, y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio del ciudadano JAIRO JOSÉ PIRELA DIAZ Y EL ESTADO VENEZOLANO y en su lugar se le impone como sanción menos gravosas la medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de (01) AÑO Y UN (01) MES Y OCHO (08) DIAS, que es tiempo que le falta por cumplir, debiendo cumplir la sanción hasta el día 24-05-2010, estipulando dentro de la sanción de Imposición de Reglas de Conductas, las siguientes obligaciones y prohibiciones: 1.- Obligación de estudiar y presentar constancia de estudio y constancia de buena conducta por ante este Tribunal.; 2.- La prohibición de portar cualquier tipo de arma; 3.- Someterse a la orientación y vigilancia de sus representantes para no verse involucrado en otro hecho punible; 4.- La prohibición de acercarse de la victima ni por Si ni por intermedios de terceras personas. 5.- Obligación de presentarse a los actos del proceso; 6.- La prohibición de cambiar de domicilio sin la previa autorización del Tribunal; 7.- La obligación de ir a la Iglesia consignando constancia firmada por el prebístero respetando la religión que profesen. 8.- Obligación de Incursionar en el área laborar debiendo consignar constancia actualizada de trabajo 9.- La obligación de presentarse por ante el departamento de psicología de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.- SEGUNDO: Fijar audiencia de Revisión de cumplimiento de las medidas para el QUINCE (15) DE OCTUBRE DE 2009, LAS 11:30 DE LA MAÑANA , con la comparecencia de todas las partes.- TERCERO: Se acuerda oficiar a la Casa de Formación Integral Cañada II, participando el contenido de la presente decisión, se ordena oficiar al Departamento de Psicología de los Servicios Auxiliares de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, para que brinde la orientación psicológica al joven sancionado en el cumplimiento de la obligación aplicada en la sanción de Imposición de Reglas de Conducta, debiendo involucrar a su familia en su proceso rehabilitador. Se ordena Consignar oferta de trabajo, Y ASI SE DECIDE.- Se deja constancia que las partes presentes quedan debidamente notificadas de lo aquí acordado. Es Todo, Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las dos de la tarde.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION,

MGS. NORMA CARDOSO PEREZ


LA SECRETARIA

ABOG. ANDREINA ORTIZ



La anterior Resolución quedó publicada y registrada bajo el No. 246-09

La Secretaria,






CAUSA No. 1E-1492-08
HMdeH/Daniela.-