Comparece ante este Tribunal la ciudadana ENEYDEE BEATRIZ QUIROZ CHACIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.240.209, asistida por la Abogada en ejercicio YIRAIDA FEBRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 42.603, quien expuso: “….Solicito a este digno Tribunal se sirva oficiar al Archivo Judicial de la circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, a fin de que remita a este Despacho el expediente No. 2U-5198-06, seguido por los ciudadanos RANDY JOSE DELGADO y ENEYDEE BEATRIZ QUIROZ CHACIN, contentivo del Juicio de DIVORCIO, el cual le fue enviado para su archivo en fecha Dieciocho (18) de Junio de 2008, según oficio No. 0924-8, legajo No. 20…”
Por auto de fecha Diecinueve (19) de Marzo de 2009, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia, la cual no hizo oposición alguna.