Comparece ante este Tribunal el ciudadano PEDRO RAFAEL BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.083.952, asistido por la Abogada en ejercicio MASSIEL FRANCO, Abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 60.727, quien expuso: “….Solicito a este digno Tribunal se sirva oficiar al Archivo Judicial de la circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, a fin de que remita a este Despacho el expediente No. 2U-1061-00, seguido por los ciudadanos COROMOTO MELENDEZ y PEDRO BERMUDEZ, contentivo del Juicio de DIVORCIO, el cual le fue enviado para su archivo en fecha Veintidós (22) de Marzo de 2004, según oficio No. 0354-04, legajo No. 11…”
Por auto de fecha Dos (02) de Abril de 2009, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia, la cual no hizo oposición alguna.