En fecha dieciocho (18) de Marzo del año dos mil nueve (2009), comparecieron por ante la Fiscalía Trigésima Sexta del Ministerio Publico del Estado Zulia, los ciudadanos JUAN CARLOS COLMAN Y YOELIS DEL VALLE SUAREZ, titulares de las células de identidad número No. V-14.449.542 y V-17.336.935, respectivamente, mediante el cual convienen lo siguiente en relación a la OBLIGACION DE MANUTENCION en beneficio de las niñas (CUYOS NOMBRES SE OMITEN DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE) PRIMERO: El ciudadano JUAN CARLOS COLMAN, se compromete a suministrar a la ciudadana YOELIS DEL VALLE SUAREZ, la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 200,oo) de forma quincenal, previo recibo firmado por la ciudadana YOELIS DEL VALLE SUAREZ. De igual forma se compromete a colaborar con otros gastos adicionales, tales como: gastos médicos, gastos propios de la época navideña y fin de año, vestido entre otros. En relación al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, convienen lo siguiente: PRIMERO: El ciudadano JUAN CARLOS COLMAN ejercerá el REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR a favor de las niñas antes mencionadas de la siguiente manera: Retirándolas del hogar materno los días Sábados y Domingos a las siete de la mañana (07:00am), reintegrándolas a las seis (06:00pm) del mismo día…”
Presentado el convenimiento, le correspondió por Distribución conocer de la presente Causa a este Tribunal, por lo que en fecha veintiséis (26) de Marzo de 2009, se le dio entrada, ordenándose la Notificación del Fiscal del Ministerio Publico.
Consta al folio once (11) de este expediente, boleta de notificación de la Fiscal Trigésima Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, debidamente firmada.
Ahora bien, observa este Tribunal que el presente Convenimiento no es contrario a los intereses de los niños y cumple con los extremos previstos en el articulo 375 y 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, razón por la cual le imparte su aprobación y ASÍ SE DECIDE.