REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


COMISION No. 4.313.

En horas de despacho del día de hoy 24 de Abril del año dos mil nueve, siendo las (11:40 AM), de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la sede de la Policía de Maracaibo (POLIMARACAIBO), ubicada en la Circunvalación N° 1, sede central Atagro, en Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 2. EXP: 14.473. Con motivo del juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana MILAGROS DE VALLE FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, portadora de la Cédula de Identidad No. 17.567.384 en contra del ciudadano JOHNNY ENRIQUE RODRÍGUEZ ARIZA, portador de la cédula de identidad N° 7.831.251., en beneficio de la niña XXXXXX.- En este estado presente el ciudadano (a): JAQUELIN REINOSO, portador (a) de la Cédula de Identidad No. V- 14.544.307, quien se identificó con el carácter de: Analista de Recursos Humanos .- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, DECRETÓ MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL en consecuencia se ordena retener: EL CIEN POR CIENTO (100%) de las prestaciones sociales, ahorros y fideicomisos que le pueda corresponder al reclamado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que dé por terminada la relación laboral, como Inspector del Instituto Autónomo de la Policía de Maracaibo (POLIMARACAIBO). Las cantidades a retener deberé ser remitida al TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 2. EXP: 14. 473, en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 2. EXP: 14. 473. EL TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS PROVISIONALMENTE, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados, ordenando retener las mismas.- El notificado (a) Expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida. Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 11:45 AM).-

LA JUEZ:




EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO: