El día de hoy, Siete (07) de Abril del año Dos Mil Nueve, siendo las 9:30 minutos de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo Preventivo decretada en el Juicio de REVISION DE SENTENCIA, seguido por la Ciudadana: MARIA DEL CARMEN HERRERA, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.209.499 en contra del ciudadano: FORTUNATO PEÑA, Titular de la Cédula de Identidad N° V-11.458.739 por ante el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Sala de Juicio N° 2 - Juez Unipersonal N° 2, y para lo cual fue comisionado este Tribunal.- A señalamiento de la parte actora MARIA DEL CARMEN HERRERA, antes identificada, asistida en este acto por la abogada en ejercicio ROSA MARIA ROMERO , titular de la Cédula de Identidad N° V.-7.867.566, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.606 se trasladó y constituyó este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la Empresa BUZOS DE LA COSTA ORIENTAL DEL LAGO, C.A. (BUZDECOL, C.A.) ubicada en El Callejón el Balancín la Rosa Vieja Nº 330D , Municipio Cabimas del Estado Zulia.- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano (a): LEYDA SANCHEZ, titular de la cédula de Identidad numero: V-7.742.358 En su carácter de: Coordinadora de Recursos Humanos de la mencionada Empresa.- En este estado presente la parte actora con la asistencia antes dicha, expuso: Señalo al tribunal para ser Embargado Preventivamente: PRIMERO: El cien por ciento (100%) de las cantidades de dinero por concepto de Prestaciones sociales y Fideicomiso que le puedan corresponder al ciudadano FORTUNATO PEÑA, antes identificado como trabajador al servicio de esa Empresa, para el momento del retiro del lugar de trabajo por la causa que fuere y una vez se haga efectiva la presente medida la cantidad correspondiente deberá ser remitida en Cheque de Gerencia al TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Sala de Juicio N° 2, Juez Unipersonal N° 2.- Todo ello para garantizar las Pensiones de Alimentos de los niños y/o adolescentes: DANIELA NOHEMI y EIRIMAR DE LOS ANGELES PEÑA HERRERA SE LE PARTICIPA QUE LA MEDIDA DECRETADA Y EJECUTADA SOBRE LAS PRESTACIONES SOCIALES Y FIDEICOMISO, SE REMITIRAN EN TODO CASO DE ADELANTO O ENTREGA QUE SE LE HICIERE AL TRABAJADOR.-
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