El día de hoy, Veintisiete (27) de Abril del año Dos Mil Nueve(2009), siendo las Diez y cincuenta minutos (10:50) de la mañana , día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo Preventiva decretada en el Juicio de Cobro de Bolivares por el procedimiento Intimatorio seguido por la Sociedad Mercantil TERRA PETROL COMPAÑÍA ANONIMA, en contra de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORES ELECTRICOS E INDUSTRIALES COMPAÑÍA ANONIMA “ CEICA” por ante el TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL N• 02, con sede en Cabimas y para lo cual fue comisionado este Tribunal.- A señalamiento del apoderado(a) judicial de la parte actora abogado(a) en ejercicio NILHSY CARELIS CASTRO SEGOVIA, titular de la cedula de identidad Nº V-7.860.904, inscrito(a) en el inpreabogado bajo el Nª 40.719 se trasladó y constituyó este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la empresa Sociedad Mercantil CONSTRUCTORES ELECTRICOS E INDUSTRIALES COMPAÑÍA ANONIMA “ CEICA” ubicada en: la carretera La Plata cruce con carretera La William Sector La Vaca, El Cilantrillo, municipio Simón Bolívar del Estado Zulia.- Una vez allí constituido procedió a imponer y notificar del objeto de su traslado al ciudadano: ALONSO RAFAEL ROMERO FIGUEROA, Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la cédula de Identidad numero: v- 2.814.299 En su carácter de: Gerente de Operaciones de la mencionada empresa, manifestando que se comunicaría vía telefónica con la sede principal en la ciudad de Maracaibo para que hiciera acto de presencia los directivos que tenían facultades para realizar los alegatos y defensas a que hubiere lugar.-
En este estado el tribunal deja constancia que se le concede un lapso de tiempo prudencial a la parte demandada para que haga acto de presencia persona alguna facultada para realizar las defensas pertinentes a la medida.-En este estado presente el(la) apoderado(a)