REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

Despacho de Medida Nº 4772
En el día de hoy veintidós ( 22 ) de Abril del dos mil nueve (2.009), siendo la(s) once y cinco minutos de la mañana, se traslado y constituyo el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Sociedad Mercantil Dragasur C.A, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 01, con sede en Cabimas, en el Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana ZAMBRANO SANABRIA MARIA ELIZABETH, titular de la cédula de identidad N° V-13.130.255 en contra del ciudadano TORRES RODRIGUEZ ENDER JOSE, titular de la cedula de identidad Nº V-14.266.618. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) EDGAR VALLADARES, titular de la cédula de identidad Nº 15.052.944, en su condición de Lider de Proyecto. En este estado presente la abogada en ejercicio ZAMBRANO SANABRIA MARIA ELIZABETH, titular de la cédula de identidad N° V-13.130.255, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89.417, actuando en su propio nombre y representación, expuso. Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo preventivo decretado por el juzgado de la causa.