REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Me avoco al conocimiento de la presente causa, en virtud de haber sido designada como Juez Provisoria del Juzgado Superior Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en reunión del día 4-11-2008 y juramentada al efecto, en fecha 25-11-2008. En consecuencia, notifíquese a la parte demandante BRIGITTE RUDLOFF WISSMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.548.740, domiciliada en Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, asimismo a la parte demandada SENECA, SISTEMA ELÈCTRICO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, del presente avocamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por disposición del artículo 19.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y el artículo 95 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y una vez conste en autos la última de las notificaciones acordadas, se dejará transcurrir el lapso de tres (3) días de despacho previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, para el ejercicio de la recusación y en caso de no ser propuesta, se reanudará la causa en el estado procesal en el que ésta se encontraba, en atención a lo dispuesto en el artículo 14 ejusdem. Líbrense boletas de notificación y oficio.
LA JUEZA PROVISORIA

Dra. VIRGINIA TERESITA VÁSQUEZ GONZÁLEZ


LA SECRETARIA

Abg. JULIETA SALAZAR BRITO





Exp. Nº HP-0236-09
VTVG/JSB/cesar