REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan Bautista, 22 de Abril del 2009
199° y 150°
Visto el transcurso del lapso a que se contrae el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, sin que se hubiere ejercido recurso de apelación, en el presente expediente N° A-0079-09, nomenclatura particular de este Juzgado, se ordena el archivo del expediente en virtud de haberse resuelto el presente asunto. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA
Dra. VIRGINIA TERESITA VÁSQUEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
Abg. JULIETA SALAZAR BRITO
Exp. Nº A-0079-09
VVG/JSB/Pedro