REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal Segundo de Control Sección Adolescente
Maturín, 17 de Abril de 2009
198º y 150º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2005-008004
ASUNTO : NP01-P-2005-008004



Por cuanto del estudio de las actuaciones que conforman la presente causa NP01-P-2005-0008004, seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA se evidencia que en fecha 26 de Enero del 2006, se ordenó la UBICACIÓN INMEDIATA del mismo, en vista que la causa se encuentra en fase de AUDIENCIA PRELIMINAR y visto que hasta la presente fecha no se ha logrado su ubicación este Tribunal pasa a decidir con base a las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Dado que el mandato constitucional exige que el imputado sea oído en toda fase del proceso, la Audiencia Preliminar no puede realizarse sin su presencia, al ocurrir el incumplimiento en esta fase, esto es, la inasistencia a los actos del proceso, conlleva a la declaratoria en Rebeldía.
SEGUNDO: El artículo 93 de la Ley Especial señala entre los deberes de niños y adolescentes: “…b) Respetar, cumplir y obedecer todas las disposiciones del ordenamiento jurídico y las órdenes legítimas que, en la esfera de sus atribuciones, dicten los órganos del Poder Público…”.
TERCERO: Por otro lado, visto que el Artículo 617, contempla la posibilidad de ordenar la “UBICACIÓN”, del adolescente cuando sin grave y legítimo impedimento no comparezca al juicio, por intermedio de los órganos policiales, y por otro lado en su último aparte señala que de no lograrse la ubicación, como es el caso, se ordenará su captura. Así se decide.
DISPOSITIVA:
Es por lo que este Tribunal Segundo de Control Sección Penal Adolescentes, en aplicación del Artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ordena la CAPTURA del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA. Por cuanto el IMPUTADO es una persona adulta una vez capturado se ordena su egreso en las instalaciones de la Policía del Estado Monagas, Ofíciese lo conducente. Notifíquese a las partes. Cúmplase.


El Juez


ABG. DILIA MENDOZA BELLO

El Secretario