REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTIDOS DE ABRIL DE DOS MIL NUEVE
199º y 149º
Visto el anterior escrito, suscrito por los ciudadanos: ALICIA JOSEFINA SOLORZANO GUARIMAN, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.063.294, actuando con el carácter de parte actora, debidamente asistida por la abogada en ejercicio ANA MERCEDES FERMIN TILLERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 84.714, y JOSE RAFAEL ARAYA VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.798.486, parte demandada, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio de este domicilio ALCADIO PIÑERUA CASTILLO, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.276, mediante el cual manifiestan celebrar transacción judicial conforme a los artículos 1.713 y 1718 del Código Civil, en concordancia con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, propuesto por la primera contra el segundo de los nombrados; y por cuanto la presente transacción celebrada no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12, 256 del Código de Procedimiento Civil y 1.713 del Código Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes. Se le da carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada, a la presente transacción. Se suspenden las medidas de prohibición de enajenar y gravar decretadas en el presente juicio, oficiándose lo conducente a los registradores respectivos. E igualmente se suspenden las medidas de embargo preventivo decretadas en fecha 30 de marzo de 2009, oficiándose lo conducente al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas. Cúmplase.-
ABOG. HAICEL L. YSTURIZ G.
JUEZ SUPLENTE TEMPORAL
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABOG. OLIVIA DIAZ G.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-Conste
La Stria.
Exp. 31.690
tula
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