JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, CATORCE DE ABRIL DEL DOS MIL NUEVE.

198º y 150º

DEMANDANTE: Sociedad mercantil INVERSIONES BAYTOR-2000, C.A.,
DEMANDAD0: Sociedad Mercantil MILENIUM JOYAS, C.A.
MOTIVO. RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Vista la anterior transacción, efectuada por los ciudadanos: CARLOS MARTINEZ ORTA, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 57.926, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES BAYTOR-2000 ,C.A., sociedad mercantil registrada por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 02 de mayo de l997, bajo el No. 43, Tomo A-6-Tro, reformados sus estatutos sociales ante la Oficina de Registro antes mencionada en fecha 10 de marzo del 2004, bajo el No. 16, tomo 5 A-Tro parte demandante en el presente proceso por una parte y por la otra el ciudadano: GIUSEPPE MIGUEL PAPA ARCILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.983.691, actuando en su carácter de representante estatutario de la sociedad mercantil MILENIUN JOYAS C.A. , de este domicilio, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 13 de septiembre del 2.001, bajo el No. 40, Tomo A-8, debidamente asistido por el ciudadano: CARLOS A. NAVARRO, abogado en ejercicio , de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 64.833 y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil y 1.713 del código civil, le imparte su aprobación y homologa dicha TRANSACCION en todas y cada una de su partes y en los términos acordados por los contendientes. Téngase la presente como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se acuerda expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas. Se ordena el archivo del expediente.


Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

LA SECRETARIA,
YOHISKA MUJICA.


EXP. Nro. 31.730
Elaborado por luz y.