ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002195
PARTE ACTORA: MANUEL VILLALOBOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: BENITO VALECILLOS
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS DE VIGILANCIA DE LA COSTA ORIENTAL DEL LAGO, C.A. (SERVICOLCA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL CIUDADANO LULBIN ALBERTO DÍAZ PATIÑO EN SU CARÁCTER DE DE PRESIDENTE, DEBIDAMENTE ASISTIDO POR EL PROFESIONAL DEL DERECHO GUSTAVO ENRIQUE VILLALOBO BOSCAN
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, Miércoles Doce (12) de Diciembre de 2007, siendo las Díez y Treinta minutos d la mañana (10:30am), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos MANUEL VILLALOBOS y SERVICIOS DE VIGILANCIA DE LA COSTA ORIENTAL DEL LAGO, C.A. (SERVICOLCA) en sus carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente representado judicialmente el primero de los nombrados por su apoderado judicial Abogado BENITO VALECILLOS identificado en el instrumento poder otorgado por sus defendido tal y como consta en actas, y representada la segunda de las nombradas por su presidente ciudadano LULBIN ALBERTO DÍAZ PATIÑO titular de la cédula de identidad N° V- 3.932.972, debidamente asistido por el Abogado GUSTAVO ENRIQUE VILLALOBOS BOSCAN titular de la cédula de identidad N° V- 12.306.345, e inscrito en el Inpreabogado bojo el N° 73.514, quienes una ves iniciada la audiencia las partes de manera objetiva hicieron sus planteamientos sobre la presente reclamación en las que propusieron alternativas con la firme intención de llegar a un acuerdo como efectivamente han llegado y que se especifica a continuación: La parte demandada a través de la representación acreditada en este acto a modo de dar por terminado el presente procedimiento ofrece en cancelarle a la parte actora la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs1.200.000), para dar por satisfecho todos y cada uno de los conceptos laborales que reclama en el libelo de demandada, pago este que se efectúa de la manera siguiente: Un pago por la cantidad de UN MILLÓN DE BOLIVARES (Bs1.000.000) en este acto en forma efectiva y la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs2.00.000) para ser cancelados el día Martes Dieciocho (18) de los corrientes, en horas de despacho por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial laboral. En este estado estando presente la parte actora Ciudadano MANUEL VILLALOBOS, debidamente representado por sus apoderado judicial identificado anteriormente, visto el ofrecimiento de pago hecho y en los términos expuesto, manifestó de manera voluntaria, libre de apremio y coacción estar de acuerdo con el acuerdo de pago aquí expuesto, manifestando de igual manera que una ves que reciba la totalidad del pago nada se le queda a deber por los conceptos laborales que demanda, ni por ningún otro concepto de tipo laboral que pudiera derivarse de la relación laboral que mantuvo con la demandada de autos. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto no conste en actas el cumplimiento total de la obligación asumida por la demandada SERVICIOS DE VIGILANCIA DE LA COSTA ORIENTAL DEL LAGO C.A. (SERVICOLACA), y en caso de incumplimiento la misma se tendrá como de plazo vencido lo que dará derecho a la parte actora de ejecutarla forzosamente con los gasto que ella acarrea.
El Juez
La Secretaria
Abog. Alfredo García López
Los Presentes
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