REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Diecinueve (19) de Septiembre de Dos Mil Siete
197º y 148º
ASUNTO : VP01-L-2007-000997
Vista la diligencia presentada por la ciudadana Abogada YASNELIS ROSA HERNÁNDEZ identificada en dicha diligencia, y quién actúa en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadano ARYS URUETA, en el juicio, que tiene incoado en contra de las Sociedades Mercantiles TRANSPORTE Y SERVICIOS DE CARGA HERSAN C.A. Y PROTER GAMBLE DE VENEZUELA C.A.; por medio del cual Desiste del procedimiento y de la acción con relación a la demandada TRANSPORTE Y SERVICIOS DE CARGA HERSAN C.A.; este Juzgador, para resolver sobre lo solicitado observa que de la revisión exhaustiva de todos y cada uno de los actos y actas que conforman el expediente no consta la representación judicial que se acredita la solicitante, por lo que mal puede procederse a HOMOLOGAR EL DESISITIMIENTO SOLICITADO. En consecuencia este, Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se ABSTIENE DE HOMOLOGAR el desistimiento del procedimiento solicitado. Así se decide.
El Juez La Secretaria
Abog. Alfredo garcía López Aboga. Norelis Mindiola
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