ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-000377
PARTE ACTORA: FRANKLIN ZAMBRANO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ELIO NIETO RIOS
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTOS PETROLEROS, C.A. (COMAPET)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA CIUDADANA LEANIS ELENA PAZ JIMENEZ EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Miércoles Dieciocho (18) de Junio de 2008, siendo las Tres de la tarde (3:00pm), oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecen FRANKLIN ZAMBRANO y CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTOS PETROLEROS, C.A. (COMAPET) en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente representado el primero de los nombrados por su apoderado judicial Abogado ELIO NIETO RIOS debidamente identificado en el instrumento poder otorgado por su representado tal y como consta en actas, y representada la segunda de las nombradas por la Ciudadana LEANIS ELENA PAZ JIMÉNEZ en su carácter de presidenta, identificada con el numero de cedula V- 7.738.571, debidamente asistida por la profesional del derecho ROSA RINCÓN RODRÍGUEZ identificada en actas; quienes una vez iniciada la audiencia preliminar y en los sucesivos actos de prolongación, las partes intervinieron de manera objetiva en la defensa de sus derechos e interese, en las que propusieron alternativas de solución al conflicto planteado, con la firme intención de llegar a un acuerdo como efectivamente han llegado y que se especifica a continuación: La parte demandada a través de la representación acreditada en este acto, a manera de dar por terminado el presente procedimiento, ofrece en cancelarle a la parte actora la cantidad de DOS MIL BOLIVARES FUERTES (BsF2.000), par dar por satisfecho todos y cada uno de los conceptos laborales que reclama en el libelo de demandad, pago este que se efectúa mediante cheque no endosable girado contra la entidad financiera Banco Occidental de Descuento de este localidad y a favor del Ciudadano FRANKLIN ZAMBRANO SATURNO parte actora. En este estado, visto el ofrecimiento de pago hecho por la representante de la demandada de autos, y estando presente el Ciudadano FRANKLIN ZAMBRANO SATURNO, debidamente representado por su apoderado judicial, manifestó de manera voluntaria libre de apremio y coacción estar de acuerdo con el pago ofrecido y que recibe en este acto, manifestando de igual manera que con dicho pago nada se le queda a deber por los conceptos laborales que demanda, ni por ningún otro concepto de tipo laboral que pudiera derivarse de la relación de trabajo que mantuvo con la demandada CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTOS PETROLEROS C.A. (COMMAPET). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del expediente. Se deja constancia de la devolución de las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar.

El Juez

La Secretaria
Abog. Alfredo García





Los Presentes