ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-001824
PARTE ACTORA: ONAIDA DE LA ROSA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSE PEREZ y JOSAIRA MIRANDA
PARTE DEMANDADA: ANA MARIA SARCOS ROMERO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS MALAVE
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Viernes Veintitrés (23) de Mayo de 2008, siendo las Dos de la tarde (2:00pm), oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos Abogados JOSAIRA MIRANDA Y CARLOS MALAVE en sus carácter de apoderados judiciales de la parte actora y demandada respectivamente, debidamente identificados en los instrumentos poderes otorgado por sus representados tal y como consta en actas, quienes una vez iniciada la audiencia preliminar y en los sucesivos actos de prolongación, las partes intervinieron d manera objetiva en la defensa de sus derechos e intereses, en las que se hicieron propuestas y plantearon alternativas con la firme intención de llegar a un acuerdo y ponerle fin al conflicto planteado, como efectivamente han llegado y que se especifica a continuación: La parte demandada a través de su apoderado judicial, a modo de dar por terminado el presente procedimiento ofrece en cancelarle a la parte actora la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES FUERTES (BsF4.000), para dar por satisfecho todos y cada uno de los conceptos laborales que reclama en el libelo de demandada, pago que se efectúa mediante cheque no endosable girado contra la entidad bancaria Banco Occidental de Descuento y a favor de la ciudadana ONAIDA DE LA ROSA, de la cuente corriente 0116-0160-00-0005447542. En este estado, visto el ofrecimiento de pago en este acto, y presente la apoderada judicial de la accionante Abogada JOSAIRA MIRANDA, previo la verificación de las facultades conferidas por su defendida, entre ellas las de convenir y aceptar cheques, manifestó de manera voluntaria libre de apremio y coacción estar de acuerdo con el pago que se le hace a su representada y que recibe en este acto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada y da por terminado el presente procedimiento, con la devolución de las pruebas a las partes consignadas al inicio de la audiencia preliminar.


El Juez

La Secretaria

Abog. Alfredo García López





Los Presentes