ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-000710
PARTE ACTORA: RICHARD CANTU JR
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: KELVI ENRIQUE FRANCO PEÑA Y FREDDY FRANCO PEÑA
PARTE DEMANDADA: CLIFF DRILING DE VENEZUELA S.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CESAR SANTANA SOSA
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO
En el día hábil de hoy, Lunes Treinta (30) de Junio de 2008, siendo las Tres y Cuatro minutos de la tarde (3:04pm), se realizó continuación de la audiencia preliminar que se encontraba fijada para las Dos de la tarde (2:00pm) del día de hoy, en la que comparecieron a la misma RICHARD CANTU JR y CLIFF DRILING DE VENEZUELA S.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente representados por sus apoderados judiciales Abogados KELVI ENRIQUE FRANCO PEÑA Y CESAR SANTANA SOSA debidamente identificados en los instrumentos poderes otorgado por sus representados tal y como consta en actas, quienes una vez iniciada la audiencia preliminar y en los sucesivos actos de prolongación las partes de manera objetiva expusieron sus puntos de vista sobre la reclamación planteado, y en la defensa de sus derechos e interese, en las que presentaron propuestas y alternativas de solución con la firme intención de llegar a un acuerdo, como efectivamente ha llegado y que se especifica en escrito de transacción que constante de Dieciocho (18) folios suscritas por las partes, consigna en este acto para que forme parte de la presente acta y surta sus efectos legales pertinentes. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto no conste en actas el cumplimiento total de la obligación asumida por la parte demandada y en caso de incumplimiento la misma se tendrá como de plazo vencido lo que dará derecho a la parte actora de ejecutarla forzosamente, imputándosele los gastos de ejecución que pudieran ocasionarse. Se deja constancia de la devolución de las pruebas a las partes que se consignaron al inicio de la audiencia preliminar
El Juez
La Secretaria
Abog. Alfredo García López
Los Presentes
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