ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002140
PARTE ACTORA: RAFAEL ANTONIO ALIZO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: KARINA VALLES DE ARIAS
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES GAGICA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: REPRESENTADA POR LA CIUDADANA ANA MARGARITA PEROZO NARANJO, EN SU CARÁCTER DE VICE PRESIDENTA, DEBIDAMENTE ASISTIDA POR EL ABOGADO VICTOR GALBAN CEDEÑO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, Lunes Díez (10) de Marzo de 2008, siendo las Cuatro y Veintiocho minutos de la tarde (4:28pm), se realizó continuación de la audiencia preliminar que se encontraba fijada para las Tres y Treinta minutos de la tarde (3:30pm) del día de hoy, en la que comparecieron los ciudadanos RAFAEL ANTONIO ALIZO e INVERSIONES GAGICA en sus carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistido el primero de los nombrados por la profesional del derecho KARINA VALLES DE ARIAS identificada en actas; y representada la segunda de las nombradas por la Ciudadana ANA MARGARITA PEROZO NARANJO titular de la cédula de identidad N° V- 3.928.716 en su carácter de vicepresidenta de la demandada INVERSIONES GAGICA tal y como consta de copias simples de acta constitutiva que obra en actas, debidamente asistida por el profesional del derecho VICTOR GALBAN CEDEÑO titular de la cédula de identidad N° V- 6.832.008 e inscrito en el impreabogado bajo el N° 34.560, quienes una vez iniciada la audiencia preliminar y en los sucesivos actos de prolongación, las partes intervinieron de manera objetiva en la defensa de sus derechos e interese, conjuntamente con el ciudadano juez de este tribunal, en las que se hicieron propuestas y alternativas con la firme intención de llegar a un acuerdo como efectivamente han llegado y que se especifica a continuación: La parte demandada, a través de la representación acreditada en este acto, a modo de dar por terminado el presente procedimiento, ofrece en cancelarle a la parte actora la cantidad de CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs5.500.000), equivalentes a CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (BsF5.500), ofrecimiento de pago este que justifica la cancelación de todos y cada uno de los conceptos laborales que reclama en el libelo de demandada; dicho pago se realizara mediante cheque girado contra la entidad financiera Banco Occidental de Descuento y a favor del ciudadano RAFAEL ANTONIO ALIZO parte actora, el día martes Dieciocho (18) de Marzo del presente año, por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial laboral y en horas de despacho, con la presencia de la parte accionante. En este estado, estando presente el Ciudadano RAFAEL ANTONIO ALIZO con la asistencia dicha, visto el ofrecimiento de pago efectuado por la representante de la demandada INVERSIONES GAGICA, manifestó de manera voluntaria libre de apremio y coacción, estar de acuerdo con dicho ofrecimiento de pago y en los términos expuestos. Este Tribunal, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto no conste en actas el cumplimiento total de la obligación asumida por la demandada INVERSIONES GAGICA, y en caso de incumplimiento la misma se tendría como de plazo vencido lo que dará derecho al accionante de ejecutarla forzosamente imputándosele a la demandada los gastos de ejecución que pudieran acarrearse. Se deja constancia de la devolución de las pruebas a las partes consignadas al inicio de la audiencia preliminar.
El Juez
La Secretaria
Abog. Alfredo García López
Los Presentes
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