REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintisiete de junio de dos mil siete
197º y 148º

ASUNTO : VP01-L-2007-001309


Con vista al escrito de SUBSANACIÓN presentado oportunamente por el Ciudadano LARRY BAENA, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por la abogada ENDRINA FERNÁNDEZ ambos identificados en dicho escrito, este Juzgador luego de haber revisado el libelo de la demanda, así como el escrito de subsanación encuentra que no se cumplió con lo ordenado por lo que se declara INADMISIBLE LA DEMANDA de conformidad con el artículo 124 de la ley Orgánica procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DESICIÓN.


El Juez

La Secretaria

Abog. Alfredo García