N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-000938
PARTE ACTORA: DELIA JOSEFINA ANDRADE DOMINGUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARLLORY GONZÁLEZ URIBE
PARTE DEMANDADA: PANADERIA MERIDA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DEYANIRA BRAVO Y RICARDO GORDONES
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy Viernes Veintidós (22) de Junio de 2007, siendo las Once y Siete minutos de la mañana (11:07am), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, mas no así la parte demandada que estuvo representada por sus apoderados judiciales Abogados DEYANIRA BRAVO Y RICARDO GORDONES, identificados en el instrumento poder debidamente otorgado por sus representado tal y como consta en actas. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 y 197.



El Juez

La Secretaria

Abog. Alfredo García López





Los Presentes