N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-000233
PARTE ACTORA: OTTO ROJAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SIN REPRESENTACIÓN JUDICIAL PARTES DEMANDADAS: CONSTRUCTORA ODEBRECHT, S.A E INVERSIONES PRIETO BAVARESCO, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: POR LA DEMANDADA ODEBRECHT LA ABOGADA IVONNE MARGARITA LEAL, Y POR LA DEMANDADA INVERSIONES PRIETO BAVARESCO SIN REPRESENTACIÓN JUDICIAL
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy Jueves Siete (7) de Junio de 2007, siendo las Once y Treinta y Dos (11:32pm), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, e igualmente la demandada INVERSIONES PRIETO BAVARESCO, C.A., mas no así la demandada ODEBRECHT, S.A., que estuvo representada por su apoderada judicial Abogada IVONNE MARGARITA LEAL identificada en el instrumento poder debidamente otorgado por su representada que en copias simples constante de Cinco (5) folios consigna para ser agregado al expediente, las cuales se confrontaron con sus originales que tuvo a la vista el ciudadano juez que presidió este acto, y pudo constatar que las copias simples que consignan son fieles y exactas de sus originales, que cumple con los requisitos legales de otorgamiento y en consecuencia se certifican. En consecuencia de la incomparecencia antes determinada este Juzgador de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 y 197.
El Juez
La Secretaria
Abog. Alfredo García López
La Presente
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